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Para juez de la Corte Nacional, agresión contra un exalumno del colegio Mejía de Quito no fue tortura

El Consejo de la Judicatura anunciará las calificaciones que obtuvieron en la fase de méritos los 96 postulantes del concurso para seleccionar a los nuevos jueces de la Corte Nacional de Justicia. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

El Consejo de la Judicatura anunciará las calificaciones que obtuvieron en la fase de méritos los 96 postulantes del concurso para seleccionar a los nuevos jueces de la Corte Nacional de Justicia. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

La Corte Nacional de Justicia no halló actos de tortura en la agresión que sufrió un exalumno del colegio Mejía de Quito. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

La Corte Nacional de Justicia no halló actos de tortura en las agresiones perpetradas en contra del exalumno del colegio Mejía Ángelo Ayol, en el 2014, cuando fue aprehendido por policías en una protesta estudiantil.

Para el Tribunal de casación, presidido por el juez David Jacho, lo que existió fue una extralimitación en la ejecución de un acto de servicio por parte de uno de los dos agentes procesados. El segundo uniformado fue declarado inocente.

La decisión de modificar el tipo de delito fue tomada en una audiencia de casación solicitada por los dos policías sentenciados en instancias anteriores a cinco y a 10 años de cárcel, respectivamente.

El veredicto también cambia la pena, pues el agente sentenciado ahora deberá cumplir 107 días de cárcel, aunque su sentencia anterior era de cinco años de prisión.

En un primer momento, los jueces rechazaron los pedidos de casación, pero "de oficio" señalaron que, de la revisión de los hechos, no se puedo determinar que hubo tortura.

En el 2014, Ayol tenía 17 años. Según la Fiscalía, fue agredido por uniformados con patadas y golpes. Además, dos motocicletas policiales pasaron sobre su rodilla y brazo.

Luego de la audiencia, la madre del Ayol, Alicia Barros, dijo estar inconforme con la decisión del máximo órgano de justicia nacional. “Nos están robando la justicia, a mi hijo casi lo matan los policías y ahora los jueces lo declaran inocentes (de tortura)”. No descartó llevar su caso a instancias internacionales.

Para Pamela Chiriboga, asesora de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) y abogada del caso, la resolución de la Corte Nacional es contradictoria y “raya en la falta de independencia judicial interna”.

“Primero rechazan todos los recursos de casación. Esto permitiría concluir que no había razones para cuestionar lo mencionado por los Tribunales anteriores. Pero, a renglón seguido, dicen que no existía el delito de tortura”, indica Chiriboga.

La jurista dijo que la Corte Nacional no debía valorar los hechos en la fase de casación. “(La Corte) no pudo acceder a los testimonios, a los peritajes, a los informes médicos, a la reconstrucción de los hechos, a ningún elemento probatorio, por lo que carecía de un conocimiento integral acerca de los hechos del caso”.