Juez pide a CNE conocer si ya finalizó el proceso para elegir asambleístas; busca reactivar arresto domiciliario en contra de Abdalá Bucaram

Un juez que lleva el caso del expresidente Abdalá Bucaram envió una comunicación al CNE, para conocer si ya finalizó el proceso para elegir asambleístas. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

La comunicación está dirigida a la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint y está fechada al 9 de febrero del 2021. El juez penal del Guayas, Juan Paredes, pidió responder si ya terminó el proceso de elección de asambleístas nacionales en el que participó el expresidente Abdalá Bucaram Ortiz, procesado por presuntos hechos delictivos.
“Ofíciese a la presidenta del CNE para que disponga a quien corresponda nos certifique si el proceso para elegir asambleístas nacionales en la que interviene el abogado Abdalá Bucaram Ortiz, en su calidad de candidato, ha concluido. En caso de ser positivo, concedernos una certificación en ese sentido”, dice el oficio que se hizo público la tarde del miércoles 17 de febrero del 2021.
El objetivo de la certificación en caso de que el proceso haya terminado es extender un oficio al Comandante de Policía de Guayaquil para que se retome el arresto domiciliario en contra del exmandatario mientras duran las diligencias en su contra.
Bucaram cuenta con un hábeas corpus desde el 4 de enero pasado cuando un juez aceptó el recurso y le permitió participar de la campaña electoral en libertad. Es decir, sin arresto domiciliario que era una medida cautelar que cumplía para asegurar su presentación dentro de los procesos judiciales que se siguen en su contra.
Uno de los abogados de Bucaram, Alfredo Arboleda, explicó a este Diario el 8 de febrero que el hábeas corpus a favor del exmandatario se concedió por el proceso de delincuencia organizada que se lleva desde Quito. Esta medida de protección -añadió- se extenderá hasta que se oficialicen los resultados. Esa disposición consta en el Código de la Democracia, que rige el proceso electoral.
La normativa, en el Art. 108 dice que los candidatos “no podrán ser privados de la libertad, ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar".
En el mismo Código de la Democracia se aclara que proclamados los resultados "podrán activarse procesos penales contra ellos, y solo los candidatos ganadores gozarán de fuero de Corte, excepto en delitos de violencia intrafamiliar que no se reconoce fuero alguno”.
La defensa de Bucaram está a la espera de que termine el escrutinio e incluso que se resuelvan las impugnaciones para tener una proclamación oficial por parte del CNE.