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Una condena privativa de la libertad de 17 años y cuatro meses recayó sobre el ciudadano Jaime Patricio S., quien se desempeñaba como profesional de psicología en un establecimiento formativo de la capital azuaya, tras ser declarado culpable del delito de abuso sexual en Cuenca. La resolución la adoptó con voto de mayoría el Tribunal Penal competente al finalizar la audiencia de juzgamiento, fijando además una compensación económica de 5 000 dólares como concepto de reparación integral a favor de la afectada y disponiendo su canalización obligatoria a terapias psicológicas en el sistema sanitario estatal.
La infracción penal se encuentra normada en el artículo 170, incisos primero y tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La escala penal para agresiones dirigidas contra menores de seis años contempla sanciones de 10 a 13 años de privación de libertad. No obstante, en esta causa los jueces incrementaron el castigo en un tercio debido a la concurrencia de circunstancias agravantes que rodearon la conducta del agresor en su entorno de trabajo.
Los antecedentes del caso se remontan a diciembre de 2022, fecha en que la niña de cuatro años relató a su progenitora que el profesor la besaba en la boca, realizaba tocamientos indebidos en sus partes íntimas y perpetraba diversos actos de índole sexual. Las pericias establecieron que estas agresiones ocurrieron desde octubre de ese año escolar, aprovechando los momentos del recreo y juegos dentro del patio del plantel.
Durante ese intervalo, los progenitores registraron cambios conductuales marcados en la niña. Entre los síntomas documentados constaban:
Para sustentar la culpabilidad, se expuso el testimonio anticipado rendido por la infante, cuya declaración mantuvo concordancia con lo manifestado a los especialistas que le prestaron auxilio emocional, así como con los resultados de las valoraciones médico-legales que identificaron sintomatología compatible con agresiones corporales de tipo sexual.
Paralelamente, peritos del área de Criminalística presentaron el análisis de las grabaciones de seguridad del centro escolar, en las cuales se detectó que el sentenciado permanecía de manera habitual en las áreas abiertas donde acontecieron los hechos y mantenía contacto corporal con estudiantes.
Las pruebas incorporaron también la transcripción de las conversaciones entre madre e hija, inspecciones oculares técnicas del lugar de las agresiones, informes de entorno social y contratos que detallaban las funciones laborales del imputado.
De manera paralela a la sentencia recibida, Jaime Patricio S. encara un proceso judicial complementario por la presunta comisión del mismo delito contra otro alumno del mencionado centro educativo. Esta segunda causa permanece en fase de juzgamiento en audiencias coordinadas por la Fiscalía Especializada en Violencia de Género 4 de Cuenca, a la espera de un nuevo dictamen jurisdiccional.