El Tribunal de la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Pichincha, integrado por los magistrados Eduardo Andrade, Santiago Galarza y Guadalupe Narváez, fijó nueva fecha y hora para la audiencia de apelación a la negativa del hábeas corpus del exvicepresidente Jorge Glas.
Este viernes 15 de julio del 2022 se conoció que esa diligencia se realizará el próximo lunes 25 de julio del 2022, a las 14:00. Aún no se establece si la cita judicial se desarrollará de forma telemática o en las instalaciones de la Corte Provincial de Pichincha, en el norte de Quito.
Esta audiencia de apelación estaba prevista inicialmente para el 13 de julio del 2022, pero se suspendió por pedido de Glas, pues dijo que se sentía mal de salud.
Cuando se reanude la audiencia, el exvicepresidente buscará apelar la decisión de la jueza de Quito, Soledad Manosalvas. El pasado 20 de junio de 2022, ella negó el pedido de hábeas corpus.
En la audiencia del 25 de julio, la defensa de Glas quiere revertir esa decisión de la magistrada Manosalvas, para que su cliente pueda cumplir sus condenas en libertad. Actualmente, él se encuentra recluido en la Cárcel 4 de Quito.
¿Qué es el hábeas corpus?
Este recurso constitucional tiene como objetivo recuperar la libertad de quien se encuentre “privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima”, y también “proteger la vida y la integridad física” de una persona.
¿Cuántas veces se puede solicitar?
Abogados constitucionalistas consultados por este Diario aseguran que una misma persona puede solicitar hábeas corpus en varias ocasiones.
La única condición es que, en cada solicitud, los hechos y argumentos planteados a los jueces sean distintos. Es decir, no se puede pedir dos hábeas corpus diferentes con una misma justificación.
Por ejemplo, si un privado de la libertad solicita una acción constitucional porque asegura ser torturado en la cárcel y unos jueces le niegan el pedido, el detenido no debe volver a solicitarlo por esa misma causa, sino por una distinta.
La normativa
El artículo 43 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que se debe solicitar un hábeas corpus en 10 circunstancias:
1.- Para no estar privado de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima.
2.- Para no ser exiliado forzosamente, desterrado o expatriado del territorio nacional.
3.- Para no ser desaparecido forzosamente.
4.- Para que una persona no sea torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante.
5.- Para que una persona extranjera no sea expulsada o devuelta a su país, donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad.
6.- Para no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias.
7.- Para que se ordene la inmediata excarcelación de una persona procesada o condenada, cuando un juez dispuso su libertad.
8.- Para obtener la inmediata excarcelación de una persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva.
9.- Para no ser incomunicada o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana.
10.- Para ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las 24 horas siguientes a su detención.
Pedidos de hábeas corpus de Glas
Entre el 2017 y el 2020, el exvicepresidente Jorge Glas recurrió en cuatro ocasiones al recurso de hábeas corpus para salir de prisión o para ser trasladado desde la cárcel de Cotopaxi hasta la Cárcel 4 de Quito. Todos esos pedidos fueron negados.
En el 2017, la defensa de Jorge Glas aseguró que su detención por el caso Odebrecht era “arbitraria, inconstitucional e ilegal”. Por eso, interpuso un hábeas corpus y solicitó a jueces de la Corte Nacional que dispongan su liberación. Sin embargo, esa solicitud fue negada el 15 de octubre de ese año.
Luego, el 25 de octubre del 2018, un juez de garantías penales de Latacunga rechazó un segundo pedido de Glas.
En esa ocasión, los abogados del exvicepresidente indicaron que su cliente padece de una gastritis crónica y de hipertensión. El objetivo del recurso legal fue el traslado de Glas desde la cárcel de Cotopaxi a la Cárcel 4 de Quito. Sin embrago el juez rechazó el pedido.
La defensa de Glas volvió a insistir en el cambio de prisión en noviembre del 2018. En esa ocasión, señaló que la cárcel de Cotopaxi tenía falencias en el suministro de agua y que no existía una correcta recolección de la basura.
Sin embargo, la Sala Penal de Cotopaxi negó el pedido de hábeas corpus el 6 de diciembre del 2018. Los magistrados dispusieron que el Municipio de Latacunga, en coordinación con la dirección de la cárcel, garanticen la provisión de agua potable. También dispusieron que se realice a diario la recolección de los desechos.
Un cuarto pedido de hábeas corpus se negó el 19 de junio del 2020. El riesgo de contagio de covid-19 y “un crítico estado de salud” fueron los argumentos que presentó ante el juez para alcanzar su libertad.
El único pedido que fue aceptado
El 9 de abril del 2022, el juez Javier Moscoso, de la Unidad Judicial Multicompetente de la parroquia Manglaralto, en Santa Elena, le concedió el habeas corpus y dispuso su inmediata liberación. Glas alegó problemas de salud físicos, mentales y también amenazas contra su vida dentro de prisión.
Por esa razón, el 10 de abril del 2022, Glas salió de la cárcel de Latacunga y viajó a Guayaquil. Sin embargo, el pasado 20 de mayo del 2022 un Tribunal de Santa Elena declaró nulo todo lo actuado por el magistrado Moscoso y dispuso que Glas regresé a la cárcel.
Él está condenado por tres delitos: asociación ilícita en el caso Odebrecht, cohecho en el caso Sobornos y peculado en el caso Singue. Estaba última se encuentra en apelación.