Los artículos modifican temas como violencia de género y comiso de bienes, entre otros. Foto: Flickr de la Asamblea
El reformado Código Integral Penal (COIP) fija nuevos delitos y sanciones penales. Pero mantiene las normas en temas como la violación sexual en contra de menores de edad.
Durante los debates, fundaciones y entidades como la Judicatura solicitaron a la Asamblea que los agresores sexuales de niños y adolescentes sean juzgados en ausencia.
El argumento, cuyo texto está incluido en las propuestas, fue que los perpetradores escapan y no pueden ser juzgados hasta ser capturados.
El artículo no fue aprobado. La Corte Constitucional determinó que la sugerencia no puede aplicarse, porque viola la Carta Magna. Esta norma, vigente desde el 2008, permite el juzgamiento en ausencia únicamente en casos de cohecho, peculado, concusión y enriquecimiento ilícito.
Por otro lado, el COIP aprobó la figura de procedimiento abreviado para los delitos de violencia de género. Para Virginia Andrade, de Nosotras por la Democracia y Fundación Mega, la admisión del texto “es un avance en la lucha de los derechos para las mujeres”.
Desde estos colectivos se impulsó la nueva figura legal y la intención era “crear un mapa de cómo se debe denunciar, cómo debe ser el tratamiento de estos casos penales y cuánto tiempo tardarán los juicios”.
El procedimiento abreviado para violencia de género plantea que la víctima reciba justicia en 45 días. “Otro beneficio es que amplía el número de personal que está a cargo de estos casos y mejorará la calidad de los exámenes médicos y pericias”, agrega.
Otro tema debatido fue el comiso de bienes sin sentencia. Finalmente no se aprobó, pero la Asamblea votó a favor del comiso de bienes a terceros.
La primera iniciativa buscaba incautarse de bienes de personas que incurrieron en actos de corrupción, sin la necesidad de que haya una sentencia, y venderlos. Esta idea fue desechada por inconstitucional.
Lo que sí fue aprobado es la incautación y venta de bienes de personas que ayuden a esconder las propiedades de los sospechosos o que presten sus nombres a sabiendas de que las casas, vehículos y demás pertenencias son producto de actividades ilegales.
Para Pablo Encalada, penalista y catedrático universitario, “en la práctica no está claro cómo se puede aplicar el comiso de terceros”.
El jurista asegura que actualmente no existe un procedimiento legal ni un reglamento que determine los pasos a seguir para comisar las propiedades de personas que no están enjuiciadas directamente. “Como el artículo dice que la persona debe saber que (los bienes) son de origen ilegal, la única forma de establecer esa responsabilidad es a través de un juicio por testaferrismo”.
Además, en la votación de septiembre, los asambleístas aprobaron incluir como delito la comercialización de suero de leche. Tras el veto presidencial, anteayer se decidió excluir este artículo.
Rodrigo Gallegos, del Centro de Industria Láctea, explica que este alimento puede ser mal usado cuando se emplea como “adulterante de leche”.
Sin embargo, reconoce como positivo que no se haya penalizado su comercialización, pues dice que este insumo también se usa para estudios en innovación alimentaria.
En otro tema, el delito de ataque y resistencia también fue reformado. Se especificó que habrá sanciones para aquellos que amenacen o resistan con violencia a los agentes civiles de tránsito y a los guías penitenciarios. La pena va de seis meses a dos años de cárcel.
La Asamblea no aprobó la iniciativa del Ejecutivo, de incluir como conducta grave, el ataque y resistencia en concentraciones masivas, en manifestaciones, o cuando se afectan los bienes públicos y cuando se causa la muerte o lesiones a una víctima.
Otras reformas son que el uso del cannabis con fines terapéuticos ya no es un delito. Tampoco se permitirán rebajas penitenciarias para quienes cometen delitos graves como asesinato, femicidio, violación o hechos de corrupción.
Sobre la cooperación eficaz, los fiscales firmarán acuerdos a cambio de que los sospechosos indiquen dónde están los bienes de la corrupción.