El protagonismo de la ciudad capital ha crecido gracias al peso demográfico, a la concentración económica y también a los grados de autonomía logrados en el marco de la globalización. Las capitales se han convertido en nodos de articulación global, con un peso creciente sobre los Estados nacionales.
La relación de la ciudad con el Estado tiene larga data, tanto que la urbe le antecedió al Estado y luego el mismo Estado la proyectó como la gran metrópoli concentradora de la economía (85% del mundo), de la sociedad (55% del plantea) y de la política. La relación Estado/Ciudad se encuentra en una nueva etapa gracias a la Reforma del Estado, a la globalización y a las nuevas lógicas de urbanización. Las ciudades capitales -por ser el asiento principal de los aparatos estatales-, son las que están sufriendo la más importante metamorfosis.
El centralismo político y económico que buscaba el mayor peso de los Estados paradójicamente impulsó la articulación y protagonismo de las ciudades capitales, convirtiéndoles en los principales focos de interés de la población y de los capitales, con lo cual se modificó la ciudad y su entorno natural (sustentabilidad), así como se produjo una saludable distancia frente al Estado central (autonomía). En ese sentido, la ciudad es una entidad con vida propia, convirtiéndose en sujeto de derechos, como lo tiene la naturaleza en la Constitución del Ecuador (2008).
¿Las ciudades sujetas de derechos? ¿Las ciudades capitales tienen derechos distintos a otras ciudades por su proximidad con el Estado? Estas preguntas permiten ingresar en un debate alrededor de la base conceptual de los derechos, los cuales tradicionalmente han sido de base antropocéntrica. Los derechos humanos han transitado por los derechos individuales (a la vida), sociales (salud) y colectivos (a la ciudad), para llegar a esta Cuarta generación, donde se crean nuevas y más profundas visiones de los derechos, en las que ya no solo el ser humano los tiene, sino también todo ser viviente.
La ciudad, al ser concebida como un objeto físico-material, se convirtió en objeto de derechos gracias a los aportes clásicos de Lefebvre y Harvey, visión que buscaba satisfacer los derechos colectivos de los citadinos. Sin embargo, la ciudad, según Aristóteles, es una Comunidad Política producida artificialmente, que cuenta con ciclos vitales claramente definidos. Esto es, se trata de un organismo vivo con tres componentes: primero la naturaleza, que es referente y territorio original donde se asientan las ciudades ya tiene la condición de sujeto de derechos en la Constitución del Ecuador de 2008. Segundo los ciclos de vida de la ciudad, que tienen una lógica ecosistémica de integración de la ciudad al medio ambiente y a la sociedad. Y tercero la autonomía alcanzada, gracias a los mecanismos para autorregularse, sostenerse y gobernarse.
En otras palabras, la ciudad debe ser sujeto de derechos para alcanzar la sostenibilidad con la naturaleza y autonomía frente al Estado Nacional para alcanzar equidad, equilibrio y justicia espacial. Esto es, se necesita unicidad entre Derecho A la Ciudad (sociedad) y Derecho DE la Ciudad (territorio) para lograr coherencia y éxito.
Este proceso de autonomización de las ciudades capitales se inicia en la década de los años ochenta, cuando los procesos de democratización se extienden por la territorios, dotándoles de poder político. Los gobiernos locales se fortalecen con nuevas competencias y recursos económicos, siendo las capitales, por su proximidad con el estado, las que más cambian. Así tenemos que Bogotá se convierte en Distrito Especial en 1991, Quito en Distrito Metropolitano en 1993, Buenos Aires en Ciudad Autónoma en 1994 y Caracas en Distrito Capital en 1999.
Ya en este siglo tenemos un segundo momento de transformación de las capitales de los Estados nacionales, provenientes del hiperpresidencialismo y del retorno de lo público. En este contexto, aparecen nuevos marcos jurídicos para estas ciudades, resaltándose dos rasgos: por un lado, ascienden dentro del nivel jerárquico institucional a la condición de gobierno intermedio: Ciudad de México se convierte en un Estado más, Montevideo y Lima en provincias y Santiago en una región. Este hecho determina la formación de autonomías intraurbanas: México tiene 16 alcaldías; Santiago, 36 comunas; Lima, 49 alcaldías distritales y Montevideo, 8 municipios.
Este proceso se desarrolla con base en dos componentes: la capitalidad, que expresa la proximidad del Estado, y autonomía, que más bien muestra su distancia, según sea un país federal o unitario.
Según Fernando Carrión, “…la ciudad capital es, entonces, el espacio físico donde tienen lugar o están situados los agentes o los aparatos del poder institucional público-privado de carácter global, nacional, intermedio o local, tanto de los estados unitarios (Ecuador, Colombia) como de los países federales (México o Brasil)”.
A partir de ello, según Decio Machado, dice que se construyen distintos referentes de autonomía: “Las limitaciones que atraviesan países como Bolivia y Ecuador, respecto de los procesos de descentralización no culminados nos llevan a la reflexión sobre la necesidad de generar un nuevo impulso autonomista en la región, que además debería permitirnos seguir avanzando en lógicas democráticas que van quedando ancladas, sin mayor proyección”.
En el caso de los países federales, Alicia Ziccardi de México nos dice: “… en el origen mismo del federalismo los tres países más grandes de América Latina compartieron la intención de constituir un poder central para subordinar a los poderes regionales y locales, en permanente conflicto. Esto sin duda se logró, pero no se resolvieron plenamente las rivalidades entre el poder central y las provincias, las que en gran medida persisten hasta la actualidad adquiriendo formas y características diferentes en cada país”.
Mientras en el caso de los países unitarios, Felipe Búrbano de Lara afirma: “… los Estados unitarios y centralistas, como es el caso de Ecuador, el centro se define por la primacía de una ciudad (área o región) sobre la organización territorial. Los centros son lugares privilegiados dentro de un territorio donde se condensan recursos militares, institucionales, administrativos, económicos y culturales”. Finalmente, según Flavia Freidenberg y Karolina Gilas, en todos los casos las capitales buscan ser autónomas: “…la autonomía de las ciudades como un elemento fundamental para avanzar en la construcción de una agenda propia de derechos (como ciudades de derechos)”.