En un escenario hipotético donde Verónica Abad asumiera la presidencia del Ecuador, la discusión sobre la posibilidad de otorgar indultos presidenciales, especialmente a figuras controversiales como Rafael Correa y Jorge Glas, cobró relevancia.
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La vicepresidenta Verónica Abad mantuvo un discurso contra la izquierda y el correísmo en campaña electoral.
Ahora, ella, al ser consultada sobre un posible indulto al expresidente Rafael Correa, sentenciado en el caso Sobornos, líder del correísmo y ahora prófugo, no dio respuestas tajantes, al contrario, dejó abierta la posibilidad a analizar si la justicia actuó o no bien.
“En realidad ahí tiene que funcionar la justicia (…) Lo que tenemos que ver es si esa justicia actuó bien o mal“, dijo en una entrevista en Ecuavisa.
“Esto no se trata del expresidente Rafael Correa, no se trata del expresidente Lasso, de Moreno. Esto se trata de que funcione la justicia para todos los ecuatorianos”, agregó Abad.
¿Qué dice el COIP sobre el indulto presidencial?
Según el artículo 74 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) menciona lo siguiente sobre el indulto presidencial:
- La o el Presidente de la República podrá conceder indulto, conmutación o rebaja de las penas impuestas en sentencia ejecutoriada.
- Se concederá a la persona sentenciada que se encuentra privada de libertad y que observe buena conducta posterior al delito.
- La solicitud se dirigirá a la o al Presidente de la República o a la autoridad que designe para el efecto, quien evaluará si la solicitud es o no procedente.
Indulto: extinción de la pena, no del delito
Edison Guarango, abogado constitucionalista, explicó que el indulto es una figura jurídica que extingue la pena, pero no el delito. Es decir, aunque una persona indultada deje de cumplir su condena, sigue siendo responsable del delito cometido.
“Cuando una persona se le indulta no implica que no existió el cometimiento de un delito. El indulto genera la extinción de la pena, más no la extinción o el desconocimiento del delito“, aclaró Guarango.
Guarango subrayó que el indulto se concede por razones humanitarias y no aplica a todos los delitos. Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), delitos como los cometidos contra la administración pública, genocidio, tortura, desaparición forzada, secuestro y homicidio por razones políticas, no pueden ser indultados.
“En el caso de Rafael Correa, quien fue sentenciado por un delito contra la administración pública, no sería posible otorgarle un indulto“, afirmó Guarango.
Además, añadió que uno de los requisitos para el indulto es que la persona esté privada de libertad y mantenga buena conducta. Correa, quien se encuentra en Bélgica, no cumple con esta condición, ya que no está purgando su pena en un centro de rehabilitación social.
Jurídicamente, no es viable
Por su parte, David Nicolalde, abogado constitucionalista, coincidió en que jurídicamente no es viable un indulto para Rafael Correa. Resaltó que el indulto se aplica en casos excepcionales, como enfermedades catastróficas comprobadas, y que la persona beneficiada debe estar privada de libertad y cumpliendo su condena.
“Desde el punto de vista jurídico, no procede un indulto para Rafael Correa o Jorge Glas, ya que ambos fueron sentenciados por delitos contra la administración pública y no cumplen con los requisitos establecidos en la ley”, indicó Nicolalde.
Condiciones específicas: sentencias ejecutoriadas y penas cumplidas
Nicolalde enfatizó que la sentencia debe estar ejecutoriada y la persona debe estar purgando su pena en prisión. En el caso de Correa, aunque la sentencia está ejecutoriada, no está siendo cumplida debido a su estancia en el extranjero, lo que impide la aplicación del indulto.
Las declaraciones de ambos especialistas coinciden en que, bajo las actuales disposiciones legales y las condiciones específicas de los casos de Rafael Correa y Jorge Glas, Verónica Abad no podría otorgarles un indulto presidencial. La normativa ecuatoriana es clara en limitar esta prerrogativa a ciertos casos excepcionales y humanitarios, excluyendo delitos graves como los cometidos contra la administración pública.