Las reformas aprobadas por la Asamblea a los artículos 42, 57 y 59 del Código del Trabajo entraron en vigencia con su publicación en el Registro Oficial. El Ejecutivo tiene 90 días de plazo para modificar los reglamentos correspondientes.
La publicación se dio en el primer suplemento, número 242, del Registro Oficial, el 1 de febrero de 2023. Los cambios se centran en el pago a reemplazos de trabajadores y la división de la jornada laboral.
El texto se denomina Ley Orgánica Reformatoria a varias leyes para la defensa y garantía de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
Reemplazos
En primer lugar, la reforma sustituye el numeral 25 del artículo 42 del Código del Trabajo, por un nuevo texto. Dispone “pagar al trabajador reemplazante una remuneración no inferior a la básica que corresponda al reemplazado”.
En el caso de los obreros del sector público -dice-, podrán ejercer funciones de reemplazo previo informe favorable de la Unidad de Administración de Talento Humano. También se exigirá la aceptación expresa del trabajador.
“Al finalizar el plazo de duración del reemplazo, la persona trabajadora regresará a cumplir sus funciones y a percibir su remuneración, inicialmente pactada. Este retorno a las condiciones iniciales de trabajo no se considerará disminución de la remuneración pactada”.
Jornada laboral
Asimismo, sustituye el artículo 57 del Código del Trabajo por un nuevo texto sobre la división de la jornada.
“La jornada ordinaria de trabajo podrá́ ser dividida en dos partes, previo acuerdo entre los contratantes, con un reposo mínimo de treinta (30) minutos y hasta de dos (2) horas después de las cuatro primeras horas de labor”, precisa.
Por último, se añade un inciso al artículo 58 del Código del Trabajo. “La autoridad judicial establecerá la legalidad de las funciones de confianza, aun si estas no fueran impugnadas por la parte trabajadora, si las mismas no cumplen las condiciones prescritas en este artículo”.
Paralelamente, la Comisión de Trabajo avanza con el análisis de varios proyectos para una reforma integral al Código de Trabajo. El Legislativo no concreta hasta ahora mesas de diálogo con el Ejecutivo para alcanzar consensos previos.
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