La Comisión de Fiscalización calificó a trámite el pedido de juicio político impulsado por Fausto Jarrín y Viviana Veloz, de Unes, en contra de los vocales del Consejo de la Judicatura. Entre las siete causales no constan las recientes filtraciones de audios sobre supuestas presiones del Ejecutivo a este organismo.
La moción fue aprobada por unanimidad, este miércoles 13 de julio, y el presidente de la Comisión, Fernando Villavicencio (ind.) aseguró que en máximo 30 días terminará de sustanciarse esta causa para que pase a resolución del Pleno.
Los legisladores de Unes acusan a los vocales de la Judicatura Fausto Murillo, Ruth Barreno, Juan José Morillo y la expresidenta del Consejo, María del Carmen Maldonado, de supuesto incumplimiento de funciones en el proceso de evaluación y destitución de jueces de la Corte Nacional de Justicia, que fue declarado inconstitucional.
Villavicencio aclaró que no serán incluidos en este proceso de control político los audios que fueron filtrados sobre supuestas presiones del Gobierno a la Judicatura para la resolución de causas de Guadalupe Llori, destituida como presidenta de la Asamblea.
“En ninguna de estos siete motivos, llámese acusaciones, involucran las últimas filtraciones de audios sobre una presunta intromisión del Ejecutivo en la justicia. Ese será motivo, si otro legislador lo asume, de otro proceso”, remarcó.
En eso también coincidió Roberto Cuero, de la bancada de Unes. “Eventualmente algún legislador de la comisión o no preguntará, hará observaciones, estamos también haciendo un proceso de fiscalización sobre esos audios”, dijo.
Las acusaciones contra la Judicatura
1.- Hace referencia a la emisión de las resoluciones que conllevaron el año 2019 a la destitución de jueces de la Corte Nacional de Justicia tras ser evaluados (Concurso).
2.- La Corte Constitucional dentro de la acción de inconstitucionalidad 37-19-IN-21 declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones.
3.- Posterior a esto se desarrolló el proceso de concurso para la elección de jueces de la Corte Nacional de Justicia el cual también es parte de las acusaciones de los solicitantes, diciendo que la renovación de los jueces se debió realizar por tercios y no como se realizó y que estas partidas se encontraban en litigio por lo que no debieron ser suplidas.
4.- Nombramiento de conjueces temporales, los conjueces que suplieron las 26 partidas adquiridas no cumplirían los requisitos para el jerárquico superior que le asignaron, por lo que el efecto de tomar una decisión inconstitucional acarreo esta posesión de autoridades que no calificaban para el cargo.
5.- Concurso de selección de jueces Corte Nacional de Justicia 2020, modificación de parámetros para los méritos un día después de la etapa prevista.
6.- Incumplimiento en la renovación parcial de la Corte Nacional de Justicia, presume decir que había jueces en funciones prorrogadas por que fueron incorporados luego de un litigio.
7.-Nombramiento de fiscales provinciales, transcurrieron más de 3 años y no llamaron al concurso de méritos y oposición teniendo fiscales prorrogados en sus funciones (encargados por el transitorio).