A un día de la mitad de su segundo mandato, el presidente Rafael Correa no pierde ocasión para mencionar la opción de aplicar la muerte cruzada.
¿Cuál será su efecto específico para el rumbo del Ecuador en caso de concretarse?
La oposición sostiene que esa figura constitucional no solo le permitirá al Presidente disolver a la Asamblea y llamar a elecciones anticipadas. Advierte que también le abre las puertas al control absoluto del país.
Dos elementos de la coyuntura política sostienen esa afirmación: el control de la Justicia y la ausencia de partidos políticos.
En el caso de la Función Judicial, desde hace dos semanas su trabajo está atado a los planes de Carondelet, a través del Consejo de la Judicatura Transitorio.
De hecho, el presidente Correa anticipó la semana anterior que no permitirá que una mayoría legislativa opositora retire del camino a esa Judicatura, que es presidida por su delegado Paulo Rodríguez. Y que ese sería el pretexto ideal para echar mano de la figura de la muerte cruzada. De ahí que en caso de concretarse la disolución del Congreso, Correa se quedaría en el sillón presidencial con una Justicia sin margen de maniobra para actuar.
En el caso de las elecciones que se deben organizar tras la disolución de la Asamblea, en la práctica, Correa y su movimiento casi no tendrían adversarios.
La razón: en el registro de partidos políticos del Consejo Nacional Electoral (CNE) solo hay tres organizaciones habilitadas en el proceso de reinscripción.
Se trata del oficialista Alianza País, el Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE) y el Movimiento Popular Democrático (MPD).
Según Fausto Camacho, vocal del CNE, solo esas tres tiendas pudieran presentar candidaturas presidenciales y de asambleístas nacionales. Mientras que solo un movimiento de Loja y otro de El Oro podrían terciar para diputados provinciales.
Entre otras razones, porque el CNE debe convocar a elecciones hasta siete días después de que se concreta la muerte cruzada.
Así, el vocal Camacho señala que si al Presidente se le ocurre concretar la muerte cruzada, por ejemplo el 10 de agosto, los partidos no tendrían tiempo para inscribirse hasta el 17 de agosto. “El proceso de reinscripción de una organización dura 30 días, entonces otros partidos no tendrían tiempo a registrarse”.
De este modo, los eventuales rivales del Primer Mandatario sería el candidato que presente el PRE y el postulante del emepedismo. Ni Madera de Guerrero, la Izquierda Democrática (ID), Sociedad Patriótica o el Prian podrían participar en los comicios.
En ese escenario, el asambleísta Andrés Páez (ID) advierte que hasta que se celebren las elecciones, el Jefe de Estado tendrá el control absoluto de las riendas del país. Sobre todo, porque el art. 148 de la Constitución dice que con la muerte cruzada solo se van a la casa los diputados, pero el Presidente sigue en funciones (ver breves).
En cálculos del CNE, el proceso electoral se organizaría en 90 días. Y hasta que se oficialicen los resultados (la consulta popular demoró más de dos meses), pudiera completarse el medio año.
En ese lapso, Correa puede gobernar a través de decretos-leyes de materia económica, con la venia de la Corte Constitucional. Al respecto, opositores como Lucio Gutiérrez o la diputada Cynthia Viteri o Páez no dudan que ese organismo aceptará cualquier ley que apruebe Carondelet.
Por eso temen que, ante la falta de la Asamblea, el Primer Mandatario quiera aprobar leyes -que él califica como emergentes- bajo el membrete de económicas. Entre ellas la Ley de Comunicación y la Ley de Aguas.