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El Ministerio del Trabajo registró este 29 de marzo el impedimento para el ejercicio de cargos en el sector público. La acción corresponde a lo dispuesto por el órgano electoral, que estableció la suspensión de los derechos de participación de Verónica Abad por dos años.
El oficio con el registro fue remitido el 29 de marzo a la secretaria relatora del TCE. En el documento se notificó la inscripción del impedimento y se señaló que el sistema administrado por esa cartera de Estado ya refleja la sanción.
🔴 #ATENCIÓN | El impedimento de Verónica Abad para ejercer cargos públicos ya consta en el Ministerio del Trabajo. ⤵️ pic.twitter.com/agn1JQbDUd
— NotiMundo (@notimundoec) March 29, 2025
Una vez que el TCE resolvió el recurso de aclaración y ampliación presentado por la defensa de Abad, la sentencia quedó ejecutoriada. Desde ese momento, la vicepresidenta perdió el derecho a ejercer funciones públicas y a participar en procesos electorales.
La resolución establece también una multa económica de aproximadamente 14 000 dólares y la publicación de una disculpa en un diario de alcance nacional. Las medidas fueron adoptadas tras una denuncia presentada por la canciller Gabriela Sommerfeld.
El TCE concluyó que existió una infracción electoral muy grave, tipificada como violencia política de género. Esta figura se encuentra regulada en el Código de la Democracia vigente.
En el fallo constan dos votos salvados presentados por los jueces Richard González y Fernando Muñoz. Ambos magistrados discreparon de la interpretación de la mayoría que respaldó la ejecución de la sanción.
Muñoz advirtió que el fallo podría derivar en una “remoción indirecta” de la vicepresidenta. A su criterio, la sentencia tendría como consecuencia una ausencia definitiva del cargo sin que medie un proceso de destitución.
El juez cuestionó que se limite el ejercicio de una dignidad obtenida por votación popular sin seguir el procedimiento previsto en el artículo 129 de la Constitución. El auto, sin embargo, aclara que no se afectan otros derechos distintos a los de participación.
El registro realizado por el Ministerio del Trabajo implica que Abad no podrá ejercer funciones públicas durante el tiempo que dure la sanción. Tampoco podrá sufragar en las elecciones previstas para abril.
La medida, según el ministerio, fue ingresada conforme a lo solicitado por el TCE. Cada entidad pública deberá verificar si la restricción constituye un impedimento legal para cargos específicos.
Durante la etapa de campaña, Abad no podrá reemplazar al presidente Daniel Noboa, en caso de ausencia temporal. Esa facultad queda suspendida por la restricción vigente.
Desde su cuenta en la red social X, Abad se pronunció tras la resolución del TCE. En su mensaje mencionó la existencia de un “golpe de Estado judicial” y citó el voto salvado de Muñoz.
La vicepresidenta ha realizado gestiones fuera del país para presentar su situación ante organismos internacionales. En días recientes visitó Ginebra y París, según reportes de agencias.
📣ATENCIÓN #GolpedeEstadoJudicial #SOSEcuador @TCE_Ecuador El voto salvado de Juez Fernando Muñoz, coherente con la norma constitucional, les advierte "a los muy vivos", que los efectos materiales de la sentencia jamás deben servir como una forma de remoción indirecta de la… https://t.co/t7re9HPSoh
— Verónica Abad (@veroniabad) March 29, 2025
Reem Alsalem, relatora de la ONU sobre violencia contra la mujer, expresó su preocupación por el caso. A través de redes sociales, cuestionó la aplicación de la sanción sin que se haya demostrado afectación directa al ejercicio de funciones.