Ivonne Coloma Peralta, vicepresidenta del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), es la magistrada que sustanciará la solicitud de declaratoria de nulidad del proceso electoral de la dignidad de vocales de la Junta Parroquial Rural de Calacalí. Al ser un caso inédito, por el triunfo del voto nulo, llama a participar a expertos en la audiencia del 5 de abril.
La audiencia de estrados se realizará a las 11:30 en la sala de sesiones del TCE. Está ubicado en las calles Juan León Mera N21-152 y Vicente Ramón Roca, en la ciudad de Quito.
El objetivo de la diligencia es escuchar a las partes procesales y las personas u organizaciones que se registren como amicus curiae (terceros interesados o amigos del Tribunal) con el fin de brindar argumentos para mejor resolver la solicitud de declaratoria de nulidad del proceso electoral. Así, el Pleno del TCE contará con mayores elementos para su resolución.
Coloma explicó que el llamado a la gente, sin ser terceros interesados, para que participe se debe a que es la primera vez que en una parroquia el voto nulo se antepone. “No se sabe cuándo podría ocurrir nuevamente. Entonces, la línea y el precedente tiene que dejar marcado el TCE”, enfatizó la Jueza.
Espera escuchar aportes de profesionales de diferentes áreas como politólogos, sociólogos, juristas. “Nos encantaría contar con ese tipo de argumentos para mejor resolver la petición de nulidad (…) y saber desde qué etapa el TCE debería pronunciarse”, sostuvo la Magistrada.
El CNE solicitó la resolución
El 14 de marzo, el TCE recibió un escrito de la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint. Solicitó al TCE que declare la nulidad total o parcial del proceso electoral respecto a la dignidad de vocales de la Junta Parroquial de Calacalí, conforme lo señala el artículo 70 numeral 9 del Código de la Democracia.
Lo hizo luego de que quedó en firme la resolución PLE-CNE-1-6-3-2023. En sus conclusiones se identificó que en la elección los votos nulos alcanzaron un total de 1 882, representando el 48,51% de votos. Mientras que los votos válidos obtenidos por las listas participantes fueron de 1 806, es decir el 46,62%.
En la referida circunscripción participaron candidatos de Centro Democrático, de la Revolución Ciudadana y de Izquierda Democrática. El CNE observó que el caso se enmarca en el numeral 3 del artículo 147 del Código de la Democracia.
Esa normativa señala que se declarará la nulidad de las elecciones cuando los votos nulos superen a los votos de la totalidad de candidatas o candidatos, o de las respectivas listas, en una circunscripción determinada, para cada dignidad.
Según Coloma, desde la vigencia del Código de la Democracia, en 2010, hasta la presente fecha se han repetido elecciones en ciertas jurisdicciones, pero nunca por la causal mencionada en el 147.
En ese contexto, no existe un marco regulatorio ni antecedentes por lo que los cinco jueces del TCE admitieron el trámite de la causa y se convocó a las partes procesales para ejercer sus derechos de participación, dijo la Vicepresidenta. Se tendrá la comparecencia de las autoridades del CNE, de las organizaciones políticas y de los candidatos que participaron para dicha dignidad.
Registro para participar en audiencia
Por motivos de aforo y bioseguridad, la audiencia se realizará en dos modalidades, presencial y telemática. En caso de acogerse a la modalidad virtual, el registro será hasta el 4 de abril, a las 13:00. Se debe especificar los nombres y apellidos completos; la calidad en la que comparecerán y un documento que acredita la misma; y una dirección de correo electrónico.
La documentación puede ser ingresada de forma física, en la recepción documental del TCE, o a través del correo electrónico secretaria.general@tce.gob.ec, con firmas electrónicas validables.
El 4 de abril, posterior al cierre del registro, se remitirá el protocolo para la realización de audiencia a las partes que se hayan registrado para asistir en modalidad virtual, así como el link de acceso a la sesión.
Quienes intervengan en la audiencia de forma virtual deberán conectarse a la plataforma, una hora antes. Es decir, a partir de las 10:30 del 5 de abril.
Las personas u organizaciones que comparezcan a la audiencia de forma presencial deberán asistir al TCE con al menos una hora de anticipación, 10:30, a fin de efectuar el registro. La audiencia se transmitirá en la plataforma YouTube, del canal del TCE.
Coloma estima presentar su proyecto de sentencia hasta el 10 de abril, luego se someterá a conocimiento del Pleno. Si la ponencia de Coloma no tiene los votos suficientes, tres, el Juez que discrepa presentará una segunda ponencia y se tomará una resolución en ese momento.
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