Los tres exconsejeros que conformaban la minoría del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) ratificaron este 31 de enero del 2023 su rechazo a la destitución por omisión que determinó la Corte Constitucional (CC) y esperan que en esta semana se pronuncie sobre un recurso planteado.
“Lo que nos sorprende es que la CC haya actuado de manera política. Si es que vivimos en un Estado de derecho en donde las instituciones deberían funcionar de manera independiente (…), la CC debería incluso rectificar la decisión arbitraria, injusta e ilegal de destituirnos a todos los consejeros”, expresó el exvocal Juan Javier Dávalos en una rueda de prensa virtual.
La CC determinó el 23 de enero que hubo incumplimiento de la designación del titular del Consejo de la Judicatura, ordenada en la sentencia 1219-22-EP/22, por parte los siete integrantes del Cpccs y ordenó su destitución. Concluyó que Sofía Almeida, Dávalos y David Rosero son responsables por omisión al evadir su responsabilidad de participar en el proceso de selección y designación, ausentándose de manera sistemática del órgano, en las sesiones convocadas a esos efectos.
Los tres exvocales no están de acuerdo con esa resolución y por eso el 25 de enero presentaron una solicitud a la CC. No asistir a sesiones ilegales no es causal de destitución y las inasistencias se justificaron, según Almeida. “Por eso es que hemos solicitado a la CC que verifique su sentencia en la parte pertinente de la sanción”, añadió.
Esa solicitud está en conocimiento de los jueces y debería ser tramitada durante esta semana, estimó Dávalos. Pero si eso no sucede, “nosotros acudiremos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para demostrar cómo se han vulnerado nuestros derechos”, aseguró.
Ese proceder no es para mantenerse en el cargo sino para demostrar que la CC está actuando de manera política, puntualizó el exconsejero.
Tiempo para pronunciamiento
La CC se acogerá al artículo 94 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) para responder a la solicitud de los exconsejeros.
Esa normativa indica que la persona demandante, el órgano emisor de la disposición demandada y aquellos quienes intervinieron en el proceso de su elaboración y expedición, podrán solicitar la aclaración o ampliación de la sentencia en el término de tres días a partir de su notificación y será resuelta dentro del término de ocho días a partir de su presentación.
Los exconsejeros hablan de que la CC debe rectificar y modular la sanción hacia ellos, pero según la CC no se trata de modulaciones sino de un recurso de aclaración o ampliación y este tipo de recursos no modifican la decisión tomada. Es decir, se mantiene la destitución.
El exconsejero Rosero argumentó que hizo la solicitud a la CC sobre la base de que Ángel Lindao fue destituido como juez de la Unidad Multicompetente del cantón La Concordia y se levantó las medidas cautelares que el exmagistrado ordenó contra la Asamblea Nacional, con relación a la restitución de funciones de Hernán Ulloa, María Fernanda Rivadeneira, Ibeth Estupiñán y Francisco Bravo.
En este contexto, Rosero espera que “exista una modulación sobre la decisión que tomaron los magistrados de la CC, en el sentido de que justos no pueden pagar por pecadores”, porque al ser tres voluntades no podían impulsar la designación.
Orden judicial para Asamblea
Por otro lado, Karina Izurieta, jueza del cantón Santa Rosa otorgó el 30 de enero las medidas cautelares solicitadas por Gina Aguilar, vocal del Cpccs, en contra de la Asamblea Nacional.
La orden judicial determina que el Legislativo debe posesionar a los consejeros suplentes del Cpccs en un plazo de 72 horas y así conformar el órgano colegiado para tomar decisiones.
Al no contar con la posesión de los consejeros, no se puede instalar el Pleno del Consejo, ni cumplir con sus obligaciones constitucionales. Tampoco se puede elegir a las dignidades de Presidente y Vicepresidente, según justificó Aguilar en su pedido.
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