¿Hay justificación por no votar o no asistir a mesa?

El CNE realizó un sorteo y designó a los miembros de las Juntas Receptoras del Voto para las elecciones del 2023 en Ecuador. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
El próximo domingo, 5 de febrero del 2023, se desarrollarán las elecciones seccionales. Tanto el no asistir a votar como no acudir a mesa en caso de estar convocado tienen multas. Según el Consejo Nacional Electoral (CNE), hay casos en los que aplica una exoneración de esos pagos.
Votaciones
El 5 de febrero se votará por alcaldes, prefectos, miembros de Juntas Parroquiales, vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) y por la Consulta Popular que impulsa el Gobierno Nacional.
Por Ley, el voto en el Ecuador es obligatorio. Por ello, quienes no acudan a sufragar serán multados. El órgano electoral informó que quienes no acudan a sufragar en las Elecciones 2023 deberán cancelar el 10% de un Salario Básico Unificado (SBU). Eso significa el pago de USD 45.
Miembros de Mesa
El CNE ya ha notificado a cada uno de los integrantes de las mesas de las Juntas Receptoras del Voto que se habilitarán desde las 07:00 del domingo 5 de febrero. Está prevista la instalación de 39 892 juntas en todo el país.
Este viernes 27 de enero del 2023, la Delegación Provincial de Pichincha del CNE recordó que las capacitaciones para los integrantes de las mesas se realizarán hasta el mismo 5 de febrero. Según la entidad, hay 279 244 personas designadas como miembros de Juntas Receptoras del Voto que deben participar obligatoriamente en las capacitaciones presenciales.
El domingo pasado, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, señaló que se ha puesto énfasis en esta labor porque de la agilidad de los integrantes dependerá en gran medida la velocidad con las que se transmitan los resultados.
Para los miembros de las mesas hay dos multas. Una es para quienes no asistan pese a estar convocados. En ese caso, la penalización es de es del 15% del SBU, es decir, USD 67,50; y para los MJRV que no participaron en las capacitaciones para estar en mesa, la multa es del 10%, es decir USD 45.
El segundo caso en el que se emitirá una multa es para quienes se instalen en las mesas y luego las abandonen. Según el CNE, la multa va desde los 11 SBU hasta los 20 SBU, destitución y/o suspensión de los derechos de participación de seis meses hasta los dos años.
Exoneraciones de multa
Para evitar pagar la multas en caso de no votar o no asistir a las mesas de las Juntas Receptoras del Voto, el ciudadano debe contra con un justificación por siete casos:
- Por mandato legal;
- Por motivos de salud o impedimento físico, que deberá acompañar un certificado médico;
- Por calamidad doméstica grave ocurrida el día de las elecciones o hasta ocho (8) días antes, la cual debe estar debidamente justificada.
- Por estar fuera del país o si llegaron el día de las elecciones;
- Por cumplir actividades del evento electoral;
- Por tener voto facultativo.
- Los trabajadores del sistema de salud (médicos, enfermeras, estudiantes de medicina y afines a los servicios de salud, internos rotativos y médicos rurales), que por encontrarse en sus actividades hayan estado de turno el día de las votaciones.
Para acogerse a esta posibilidad se debe presentar la debida justificación por no participar en el proceso electoral en las delegaciones provinciales. Esta debe estar acompañada de los documentos de respaldo.
Después de esto, el director de la delegación resolverá si acepta o niega la justificación en tres días término. Dicha resolución puede impugnarse en el CNE.
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