La Corte Constitucional en Quito sesionó para tratar, entre otros puntos, sobre el regreso de casinos. Foto: cortesía Corte Constitucional
La Corte Constitucional (CC) no hizo pública ayer, 25 de septiembre del 2019, su decisión sobre la consulta popular para que regresen los casinos en la provincia de Santa Elena. Hasta el cierre de esta edición, esta entidad no emitió el dictamen sobre esa causa prevista a tratarse ayer.
Fernando Vargas, presidente de la Corporación Provincia de Santa Elena Competitiva, fue quien ingresó uno de los pedidos de consulta popular para viabilizar el regreso de los casinos y casa de apuesta.
Vargas pidió el dictamen previo de constitucionalidad sobre la pregunta: ¿Está usted de acuerdo en que como medida de excepción y con los problemas económicos que atravesamos, se fomente el turismo y la reactivación económica mediante la instauración y desarrollo de establecimientos como los casinos, casa de apuesta y salas de juego?
El pedido de consulta se hizo solo para la provincia de Santa Elena. Vargas definió su iniciativa con base en un estudio realizado por él y con los datos con los que cuenta por haber sido expresidente de la Cámara de Comercio de Santa Elena.
“Con esta actividad, al menos, se establecerían unos 1 000 empleos, entre directos e indirectos”, manifestó.
Un pedido para una consulta similar pero solo para la jurisdicción del cantón Salinas, lo hizo su alcalde Daniel Cisneros. Para el tratamiento de este tema, la CC decidió unificarlos.
Los constitucionalistas Jorge Benavides y Emilio Suárez coincidieron en que la CC no puede dar paso a este tipo de pedidos.
Suárez manifestó que el funcionamiento de casinos y casas de apuestas están tipificados como delitos contra los derechos de los consumidores y otros agentes del mercado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Para que estas actividades regresen como una actividad legal, Suárez mencionó que primero habría que modificar el COIP para después hacer una convocatoria a consulta popular.
Por su parte, Benavides señaló que existe una prohibición de que se consulte al pueblo sobre temas penales. Agregó que “no se puede legislar con finalidades excepcionales” en relación a que sea una consulta sobre este tema solo para la provincia de Santa Elena.