El primer tribunal de Sala de Admisión de la Corte Constitucional aceptó a trámite la demanda de acción de inconstitucionalidad sobre la prohibición de uso celulares durante la votación del 13 de abril de 2025 en Ecuador.
Esa instancia está integrada por los jueces Karla Andrade Quevedo, Richard Ortiz Ortiz y José Luis Terán Suárez.
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Prohibición de uso de celulares en elecciones en Ecuador
En esta acción se impugna el artículo 1 de la resolución del 13 de marzo de 2025, emitida por el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE).
El organismo electoral definió la prohibición del uso de dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos a los electores durante el acto del sufragio en las juntas receptoras del voto.
La decisión de la Corte Constitucional
El Tribunal de la Sala de Admisión negó la solicitud de suspensión provisional de la norma impugnada, por no contener una fundamentación suficiente.
También dispuso remitir la causa al Pleno de la Corte Constitucional, para que se determine si esta se encuentra dentro de las excepciones al orden cronológico y brindarle un tratamiento prioritario.
Pedidos de la Corte sobre prohibición de uso de celulares
Además, desde la Corte Constitucional se dispuso pedir al CNE que, en el término de tres días, remita el expediente con los informes y otros documentos que dieron origen a la disposición demandad.
Los antecedentes de la demanda
El lunes, 17 de marzo de 2025, el abogado Washington Andrade presentó una demanda por inconstitucionalidad contra la medida adoptada por el CNE, argumentando que vulnera derechos fundamentales.
Según Andrade, la decisión del CNE transgrede principios constitucionales relacionados con el derecho al voto.