
La bancada correísta de la Unión por la Esperanza (Unes) anunció este viernes 24 de junio de 2022 que presentará el pedido para una posible destitución del presidente Guillermo Lasso. Los legisladores opositores consideran que el planteamiento es una salida a la crisis. La Constitución y la Ley Legislativa delimitan el procedimiento.
El artículo 130 de la Constitución dice que la Asamblea podrá destituir al Jefe de Estado en estos casos:
Con 47 curules, el correísmo es la bancada más numerosa y bastan sus firmas para activar este procedimiento en el Parlamento. La iniciativa se impulsa en medio de las protestas encabezadas por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) que han generado en varios episodios de violencia en sus 11 días.
En las protestas de octubre de 2019 este bloque no contó este número para solicitar la destitución de Lenín Moreno, cuando también se dieron protestas de distintos sectores sociales por la eliminación del subsidio a los combustibles.
En el artículo 51 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa se detallan los pasos a seguir:
Conseguir los 92 votos en el Pleno, no es una tarea fácil para el correísmo, pues el resto de bancadas como el Partido Social Cristiano (PSC), la Izquierda Democrática (ID) y el oficialismo han descartado esta opción.
Además, el artículo 148 de la Constitución faculta al Primer Mandatario para disolver la Asamblea, cuando, a su juicio, se hubiera arrogado funciones que no le corresponden constitucionalmente, previo a dictamen favorable de la Corte Constitucional, o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan de Gobierno, o por grave crisis política y conmoción interna. No tiene plazos específicos, a diferencia de la Asamblea.
En ambos casos, se trata de un mecanismo que se estableció en la norma suprema de 2008, tras un periodo de inestabilidad política en el Gobierno, y que hasta ahora no se ha aplicado en el Ecuador.