HOJA DE VIDA
Diego García
Su experiencia. Desde abril del 2008 es Procurador General. Es decir, es el abogado defensor del Estado ecuatoriano, quien está al frente de la mayoría de litigios que se mantienen, sobre todo en instancias internacionales.
Su punto de vista. El Estado sí respondió a la Comisión Interamericana de DD.HH. Sila indemnización para los ex jueces se ratifica, Lucio Gutiérrez, el Congreso, el Tribunal Constitucional y la Policía deberán responder por ello.
¿Por qué no respondió el Estado, ante el informe del art. 50 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que determinaba que la cesación de los jueces de la entonces Corte Suprema de Justicia (CSJ), en diciembre del 2004 fue ilegal?
En realidad, el Estado sí respondió oportunamente informando lo que estaba haciendo. Básicamente se había pedido la información al Consejo de la Judicatura respecto de la historia laboral de estas personas, cuánto ganaban y si habían retornado a la Función Judicial.
¿Con qué objetivo?
Para poder valorar cuál sería el monto que el Estado debería pagar era necesario conocer esta información. Eso se le informó a la Comisión y a los abogados representantes de los magistrados. Lamentablemente, estos anunciaron su interés de que el proceso llegue a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, porque a más del tema indemnizatorio querían una sentencia de esta instancia internacional.
¿Por qué el comunicado oficial de la Cidh indica que se le dieron al Ecuador 60 días para responder, pero en vista de que no lo hizo decide enviar el caso a la Corte?
El Ecuador respondió en su momento y la Comisión habrá considerado que la posición del Estado no satisfacía sus recomendaciones, por eso lo envían a la Corte.
¿Esa es su lectura?
Yo creo que ese envío responde al apresuramiento de los abogados de los magistrados que quieren el pronunciamiento de la Corte. La Comisión, pese a haberse demorado siete años en tramitar ese proceso, decide acelerarlo y no esperar a las conversaciones.
¿Durante estos siete años cuál ha sido el seguimiento del Estado en este caso?
Es un proceso que depende de los tiempos de la Comisión. Del momento en el cual esta emitió su informe de fondo en mayo y lo envía a la Corte Interamericana, una vez que transcurrieron los 60 días de plazo. En estos siete años, Ecuador defendió su posición: no se cumplieron con los procedimientos internos antes de que este caso llegara a la CIDH, un requisito exigido por la Convención Interamericana de DD.HH. La audiencia de fondo se hizo un mes antes de que yo fuera Procurador, en abril del 2008. Tres años después toman una decisión sacando un informe de fondo y apenas cumplido el tiempo de espera que dieron para responder resuelven enviarlo a la Corte.
¿Que significa aquello?
Es un apresuramiento en la etapa final del proceso de parte de los abogados de los magistrados y de la propia Comisión. Nosotros ya habíamos estado en conversaciones con los ex magistrados directamente…
¿Desde cuándo?
Desde hace un par de semanas. En los abogados de los magistrados pueden haber posiciones políticas más que de interés en defenderlos. Lo que sí puedo asegurar es que no ha habido una posición de parte del Estado ecuatoriano de no atender la recomendación de la Comisión, o de no buscar un diálogo con las otras partes. La Comisión se ha apresurado en enviar el caso a la Corte Interamericana y nos obliga a las partes a litigar.
¿Qué opina el Estado sobre la violación de los derechos humanos de los ex magistrados de la entonces CSJ?
No voy a hacer precisiones porque yo tengo un proceso litigioso por delante.
¿Cuáles es la estrategia de defensa que emplearán?
Tener conversaciones directas con los ex magistrados, ver la posibilidad de llegar a un acuerdo amistoso con ellos y si eso no fuera posible, por cuestiones de indemnizaciones, comparecer ante la Corte Interamericana.
Si hay una sentencia condenatoria y se debe indemnizar a los ex jueces con una suma que sobrepasaría los USD 11 millones, ¿quiénes pagarán esa cantidad?
El Estado, con la Ley actual son las instituciones que han generado la indemnización…
¿Es decir, el Congreso ?
Según la Comisión, hasta el momento, el ex presidente Lucio Gutiérrez, el Congreso que aceptó la cesación de funciones de los magistrados, el Tribunal Constitucional que tomó la decisión de no permitir las acciones de amparo y la Policía, que desalojó a los magistrados. Las personas vinculadas con estos cuatro hechos tendrían que responder.
¿Se aplicaría entonces el recurso de repetición?
La Ley ordena que, en el cumplimiento de una decisión final de los sistemas de protección de derechos humanos, las autoridades de las instituciones responsables inicien la acción de repetición en contra las personas que tomaron las decisiones o ejecutaron los actos demandado. Este mecanismo está vigente desde la Constitución de 1998, pero se incorporó una vez que se dictó la Ley de Garantías. Yo he informado ya a las autoridades de estas instituciones, para que conozcan que hay una decisión que atribuye responsabilidad a los funcionarios de esa época.
¿Qué representa para el Estado este informe?
Es un mensaje hacia el Estado de que debe cuidar sus procedimientos. Las decisiones de DD.HH., además de lo indemnizatorio, llevan una recomendación de que hechos similares no se vuelvan a repetir. Sin embargo yo creo que las acciones ya han sido tomadas porque la reforma constitucional y los procedimientos de designación de las autoridades judiciales cambiaron con la Constitución del 2008.