En las elecciones de 2023 también se seleccionará a siete vocales que estarán en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). En una entrevista para Sonorama, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, mencionó que, hasta este martes 27 de septiembre de 2022, están aprobadas 36 candidaturas al Cpccs.
Dentro de las 36 candidaturas aprobadas para el Cpccs son 14 hombres, 17 mujeres y cinco de pueblos y nacionalidades indígenas que están calificadas y en firme. También Atamaint informó que existen 29 recursos pendientes que deben esperar al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que determinará cuáles pueden ser candidatos.
El 3 de octubre de 2022, es el plazo final para el pronunciamiento del TCE donde deberá dar los resultados sobre los 29 recursos pendientes para que el CNE tenga la lista de candidatos en firme. Esta es la fecha establecida en el calendario electoral para tener el número oficial de los candidatos al Cpccs que irán en las seccionales de 2023.
¿Qué funciones tiene el Cpccs?
La función del Cpccs se rige en varios aspectos, uno de ellos es seleccionar autoridades importantes de la Contraloría, Procuraduría, de la Defensoría del Pueblo, superintendencias, vocales del Consejo Nacional Electoral, entre otras.
También tiene otras funciones que están establecidas en la Constitución de 2008 en el artículo 207, donde se menciona que el Cpccs se encarga de:
- Promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana.
- Impulsar y establecer mecanismos de control social en los asuntos de interés público.
- Designar a las autoridades que le correspondan de acuerdo con la Constitución y la ley.
Sobre las obligaciones y los deberes que debe realizar el Cpccs, se establece en el artículo 208 de la Constitución que debe:
- Estimular procesos de deliberación pública y proporcionar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción.
- Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social.
- Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción.
- Emitir informes que determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones legales que correspondan.
- Es más, debe actuar como parte procesal en las causas que se instauran como consecuencia de sus investigaciones.
- Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción.
- Solicitar a cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus investigaciones o procesos.
- Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales.
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