Reinaldo Zambrano
Su experiencia. Es abogado penalista y también profesor universitario.
¿Usted espera que sea la última la audiencia de hoy para conocer la apelación que la Fiscalía hizo al fallo del Tribunal 4 de Garantías Penales, declarando inocente al mayor (r ) Fidel Araujo, por el delito de incitación a la rebelión, el 30-S?
Espero que sí, en virtud de los derechos constitucionales al debido proceso, a la celeridad, y de que toda persona tiene de ser juzgada de forma veraz, oportuna y por jueces imparciales, a fin de que se ratifique su inocencia.
¿Y si la audiencia se vuelve a suspender?
Tenemos que seguir exigiendo la presencia de un juez imparcial que pueda resolver el caso. Dentro de este proceso, y así lo establece el Código de Procedimiento Penal, el fundamento del recursos se hace de forma oral y, mientras no haya un juez no se podrá resolver el recurso. El Consejo de la Judicatura tendrá que tomar la decisión sobre este caso si no hay audiencia.
¿Qué lectura tiene usted ante tanto aplazamiento de la audiencia?
Los argumentos que han tenido los jueces de la Corte Provincial han sido distintos. Las dos primeras fueron ocasionadas por el Ministerio de Justicia. La última porque el Fiscal se fue de vacaciones. No me imagino si para esta habrá un nuevo motivo. Pero ya sería una violación directa de derechos constitucionales.
¿Que los conjueces sean suspendidos, por ejemplo?
No lo sé. Pero si se presenta ese escenario, solicitaremos que el proceso sea resorteado a otra de las salas de la Corte Provincial. El resorteo será lo justo.
¿De darse la audiencia, la defensa de Araujo va a aportar evidencias adicionales para insistir en su inocencia?
Las pruebas que pueden servir de base para un recurso de apelación son las mismas que se presentaron en la audiencia pasada, en el Tribunal 4 de Garantías Penales. No pueden existir nuevas evidencias de parte de la Fiscalía ni de la defensa.
Es decir, ¿se tienen que ratificar los argumentos con los cuales el Tribunal 4 declaró inocente a Araujo?
En el caso nosotros buscamos la verdad procesal. Es decir, que jamás se comprobó la incitación a la insubordinación por parte de Araujo a la Fuerza Pública el 30-S. La Fiscalía no pudo comprobar esa tesis de manera contundente. Es decir que Araujo cambió la conducta de la Policía para rebelarse contra el presidente Correa. Más bien, lo que se comprobó esa mañana es que Araujo estuvo la mañana del 30-S en la Cooperativa 29 de Octubre, en el Issfa y que tras ir al Regimiento Quito a mediodía, él se fue a su casa.