El lanzamiento del plan de externalización de farmacias estaba previsto para este 16 de junio del 2022 por el presidente Guillermo Lasso, sin embargo, debido a las movilizaciones nuevamente fue aplazado.
Este anuncio fue pospuesto al menos en dos ocasiones. Una primera fecha se dio en marzo y luego a mediados de mayo del 2022.
La ministra de Salud, Ximena Garzón, precisó el 14 de junio que la implementación del Plan Medicina Siempre no arrancará inmediatamente después del anuncio del Presidente, sino que será en los siguientes días.
En una primera fase, la externalización de farmacias se iniciará en hospitales del Ministerio de Salud Pública (MSP) de Quito, Guayaquil, Cuenca y Portoviejo.
La titular de Salud señaló que ya hay un número establecido de farmacias que participarán en esta primera fase y se están abasteciendo de los medicamentos que van a ser dispensados a los pacientes del sistema público.
Garzón aseguró que posteriormente se irán sumando otras farmacias, así como unidades de salud. Se espera que hasta finales del 2022 todos los centros de primer, segundo y tercer nivel del MSP ya estén dentro del Plan Medicina Siempre.
Desde el pasado 31 de mayo se están realizando pruebas para verificar la correcta operación del sistema. Las primeras se hicieron en el Hospital Abel Gilbert de Guayaquil y posteriormente en Quito.
“Se están haciendo pruebas con pacientes reales para garantizar que el día que empecemos funcione todo bien”, dijo la Ministra el 8 de junio, durante la presentación del informe sobre la pandemia del covid-19.
Con la implementación de este sistema las autoridades esperan terminar con el desabastecimiento en los medicamentos de uso ambulatorio que se prescriben en consulta externa.
¿Cómo funcionará el sistema?
El paciente llega al hospital y es atendido por el médico. El galeno prescribe una receta electrónica con la medicación requerida.
Una vez generada la receta electrónica, que va al sistema de las farmacias, se le entrega un documento físico al paciente.
Con esa receta el usuario va a la farmacia privada, la entrega al dependiente, quien lee el código de barras y verifica que haya la medicación. Posteriormente le entrega al paciente los fármacos y le devuelve la receta.
La factura generada regresa al Ministerio de Salud Pública (MSP) que cancelará mensualmente. La receta tiene una duración de tres días para ser canjeada. Los medicamentos que entregarán las farmacias serán de marca o genéricos.
Decreto
El Decreto presidencial 378, emitido el 22 de marzo, reforma el Reglamento de la Ley de Contratación Pública en su artículo 75 relacionado con los procesos de adquisición de fármacos o bienes estratégicos de salud.
Con la reforma, los integrantes de la Red Pública Integral de Salud podrán adquirir medicamentos mediante el catálogo electrónico y de “forma excepcional” podrán comprar los fármacos y bienes estratégicos de salud a través de otros procedimientos.
También se incluye la externalización en farmacias, es decir que los medicamentos serán dispensados a través de farmacias particulares calificadas por la Autoridad Sanitaria Nacional.
Dentro de la reforma, el Decreto indica que los médicos autorizados deberán recetar los fármacos que consten en el catálogo para la externalización de farmacias aprobadas por la Autoridad Sanitaria Nacional, conforme a la necesidad de cada paciente mediante la emisión de una receta electrónica.
Con esta receta el paciente deberá acudir a cualquiera de las farmacias particulares habilitadas para recibir los medicamentos o bienes estratégicos en salud.
En el documento se aclara que el pago de esos fármacos será asumido por cada una de las entidades de la Red Pública Integral de Salud.
De acuerdo con el Decreto, el Ministerio de Salud establecerá el procedimiento mediante el cual se realizará la convocatoria, calificación, control y auditorías de las farmacias con las que suscriba el convenio de adhesión.
“La convocatoria para este tipo de procedimiento será abierta y permanente lo que permitirá que la participación de farmacias particulares sea constante”, indica el acápite IV del Decreto.