Subsidio y nueva fórmula, así logró el Gobierno bajar el precio del diésel en Ecuador

El diésel baja a 2,77 dólares en Ecuador tras el Decreto 242, que ajusta la fórmula de precios. Además, el Gobierno aplicó un subsidio temporal hasta enero de 2026.

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Desde este 12 de diciembre de 2025 y hasta el 11 de enero de 2026, el diésel se venderá en 2,77 de dólares por galón, tres centavos menos que la tarifa fijada hace tres meses, cuando el Gobierno de Daniel Noboa eliminó el subsidio y estableció el precio en 2,80 dólares.

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Gobierno ajusta fórmula y baja el precio del diésel a 2,77 en diciembre en Ecuador

Para aplicar esta reducción, Petroecuador renunció temporalmente a su margen de ganancia, a través del Decreto 242, y el Estado incorporó un subsidio puntual de 11 centavos de dólar por galón, según la tabla oficial difundida este 12 de diciembre.

Noboa ya había anticipado la rebaja del precio del diésel en Ecuador

El presidente Noboa adelantó en octubre que el precio del diésel bajaría a 2,78 dólares en diciembre, en medio de las protestas por la eliminación del subsidio. Finalmente, la tarifa quedó levemente por debajo, en 2,77 dólares.

Para cumplir esa promesa, el Ejecutivo modificó la fórmula de cálculo del precio al público mediante el Decreto 242, explicó Ivo Rosero, presidente de la Camddepe.

El Decreto 242 ajusta el Decreto 126, que eliminó el subsidio al diésel y estableció el sistema de bandas, vigente desde diciembre. Sin esa corrección, la reducción no habría sido viable en un contexto de alta volatilidad internacional, afirmó Rosero.

Ajustes temporales al cálculo del precio del diésel

El Decreto 242, firmado por Noboa, cambia varios componentes usados para calcular el precio final de los combustibles. Las modificaciones rigen desde el 12 de diciembre de 2025 y tendrán una fase de transición hasta el 11 de enero de 2026.

Qué establece el decreto 242

A través de este Decreto, el Gobierno modificó el cálculo del PM, el precio internacional de referencia.
Desde ahora, el país ya no incluirá el RVO (Renewable Volume Obligation), un recargo aplicado en Estados Unidos por regulaciones ambientales. En términos simples, ese costo queda fuera y reduce la base con la que se estiman los precios internos.

Reglas temporales hasta enero de 2026

Durante este mes de transición, el Gobierno aplicará una fórmula especial:

  • Usará el promedio de los últimos 15 días del precio internacional sin el RVO.
  • Calculará el flete con el promedio de los últimos 15 registros de la ruta EE.UU.–Ecuador.
  • El precio no considerará el PPImgn, que incluye el margen de las abastecedoras.
  • En su lugar se aplicará el PPIn, el precio de importación sin margen a la abastecedora.

Hay que recordar que la única abastecedora del país es Petroecuador. Así, el esquema modifica directamente el cálculo del precio en terminal, que es la base para establecer la tarifa final al consumidor.

La tarifa de infraestructura se mantiene

El decreto mantiene, por ahora, la tarifa vigente por el uso de la infraestructura hidrocarburífera, hasta una nueva resolución.

Instituciones obligadas a aplicar la reforma

El Ministerio de Economía y Finanzas, Ambiente, Energía, la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos y Petroecuador deberán ejecutar estas disposiciones, vigentes desde las 00h00 del 12 de diciembre de 2025.

Información externa: Petroecuador


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