Noboa reforma el sistema de fijación del precio de la gasolina en Ecuador para reducir el impacto de la volatilidad internacional

La reforma incorpora un mecanismo excepcional para ajustar el precio de la gasolina ante escenarios de alta volatilidad internacional.

Fotografía de archivo del creador de contenido digital estadounidense.

El Gobierno de Daniel Noboa reformó el sistema de fijación de precios de la gasolina Extra, Ecopaís y el diésel prémium. Esta reforma, oficializada el 9 de julio de 2026 mediante el Decreto Ejecutivo 444, incorpora un mecanismo excepcional que permitirá reducir el impacto de las variaciones extraordinarias del mercado internacional sobre los precios que pagan los consumidores.

Más noticias

Objetivos de la reforma

La medida busca disminuir las asimetrías entre los precios internacionales y nacionales en situaciones de alta volatilidad en el mercado petrolero. Durante la actualización correspondiente a este mes, ya se registrará una reducción en el precio de los combustibles como resultado de la aplicación del nuevo mecanismo.

Es importante señalar que esta modificación no reemplaza el sistema de bandas que actualiza mensualmente los precios de la gasolina Extra, Ecopaís y el diésel prémium. En cambio, incorpora una herramienta temporal para escenarios específicos donde las fluctuaciones del mercado internacional generen diferencias significativas entre los precios de referencia y los valores internos.

Fuentes técnicas consultadas por El Comercio explicaron que la reforma no implica una fijación discrecional del precio ni la creación de un nuevo subsidio.

La actualización continuará realizándose mediante una metodología basada en indicadores objetivos del mercado internacional y de la cadena de abastecimiento, entre ellos el comportamiento del precio internacional del petróleo, los costos de importación y otros componentes técnicos utilizados para calcular el Precio de Venta en Terminal.

Mecanismo excepcional para ajustes

El objetivo principal es que cuando los precios internacionales experimenten caídas importantes tras un período sostenido de incrementos, esas reducciones se reflejen más rápidamente en el mercado interno. Esto se llevará a cabo siempre que se cumplan las condiciones técnicas establecidas en el decreto.

El comunicado oficial indica que este mecanismo permitirá amortiguar los efectos de la volatilidad internacional y trasladar las reducciones al consumidor cuando las condiciones del mercado sean favorables. La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) activará este mecanismo únicamente cuando se cumplan simultáneamente varios parámetros técnicos relacionados con el Precio de Paridad de Importación (PPI).

Criterios para activar ajustes extraordinarios

  • El Precio de Paridad de Importación (PPI) debe registrar una disminución acumulada igual o superior al 15 % durante los dos períodos anteriores.
  • El mismo indicador debe haber acumulado un incremento de al menos el 50 % en hasta tres períodos consecutivos.
  • El mecanismo ordinario debe haber alcanzado el límite superior permitido para la variación mensual de precios.

Una vez verificadas estas condiciones, la ARCH aplicará una reducción calculada conforme a la metodología incorporada en el reglamento, con un límite máximo de disminución mensual del 1,5 %. Este mecanismo cesará cuando desaparezcan las condiciones que justificaron su activación.

Contexto del mercado petrolero

Desde junio, el mercado petrolero ha experimentado una disminución en los precios internacionales debido a tensiones recientes en Medio Oriente y anuncios sobre incrementos en la producción por parte de la OPEP+. Estos factores han modificado nuevamente las expectativas sobre el costo del crudo.

Ejecución y supervisión

La disposición final del Decreto Ejecutivo 444 encarga al Ministerio de Ambiente y Energía, a la ARCH y a EP Petroecuador la ejecución efectiva de esta reforma. La normativa entrará en vigencia desde las 00:00 horas del 12 de julio de 2026, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Paralelamente, el Gobierno informó que la ARCH mantendrá controles para verificar el abastecimiento de combustibles, así como el cumplimiento de los precios vigentes y la calidad de los derivados comercializados en las estaciones de servicio del país mientras comienza la aplicación del nuevo mecanismo.


Preguntas frecuentes sobre el sistema de fijación del precio de la gasolina en Ecuador:

❓ ¿Qué cambió con el Decreto Ejecutivo 444 sobre los combustibles?

El Gobierno incorporó un mecanismo excepcional para que las reducciones internacionales del precio del petróleo puedan reflejarse más rápidamente en el precio de la gasolina Extra, Ecopaís y el diésel prémium.
La reforma, oficializada el 9 de julio de 2026, no elimina el sistema de bandas. Añade una herramienta que podrá activarse en escenarios de alta volatilidad internacional para reducir la diferencia entre los precios internacionales y los que pagan los consumidores en Ecuador.

❓ ¿El Gobierno eliminó el sistema de bandas?

No.
El sistema de bandas continúa siendo el mecanismo principal para actualizar mensualmente los precios de la gasolina Extra, Ecopaís y el diésel prémium. La reforma únicamente incorpora un mecanismo extraordinario que podrá utilizarse bajo condiciones técnicas específicas.

❓ ¿La reforma crea un nuevo subsidio a los combustibles?

No.
Según las fuentes técnicas consultadas por El Comercio, la reforma no establece un nuevo subsidio ni permite fijar precios de forma discrecional. Los valores seguirán calculándose con base en indicadores objetivos como el precio internacional del petróleo, los costos de importación y el Precio de Venta en Terminal.

❓ ¿Cuál es el objetivo del nuevo mecanismo?

Trasladar con mayor rapidez las reducciones internacionales cuando el mercado petrolero registre caídas importantes.
Durante períodos de fuerte volatilidad, el sistema permitirá que los consumidores perciban antes las bajas en los precios internacionales, siempre que se cumplan las condiciones técnicas previstas en el decreto.

❓ ¿Cuándo podrá activarse este mecanismo excepcional?

Solo cuando se cumplan simultáneamente varios criterios técnicos.
La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) podrá activarlo cuando:
El Precio de Paridad de Importación (PPI) registre una disminución acumulada de al menos el 15 % durante los dos períodos anteriores.
Ese mismo indicador haya acumulado previamente un incremento de al menos el 50 % en hasta tres períodos consecutivos.
El sistema ordinario de bandas haya alcanzado el límite máximo permitido para el incremento mensual

❓ ¿De cuánto podrá ser la reducción extraordinaria?

Hasta un máximo del 1,5 % mensual.
Una vez verificadas las condiciones técnicas, la ARCH calculará la reducción conforme a la metodología establecida en el reglamento. El mecanismo dejará de aplicarse cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su activación.

❓ ¿Cuándo entrará en vigencia esta reforma?

Desde las 00:00 del 12 de julio de 2026.
El Decreto Ejecutivo 444 dispone que el Ministerio de Ambiente y Energía, la ARCH y EP Petroecuador sean las entidades responsables de ejecutar la reforma y supervisar su aplicación.


Te recomendamos