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El debate sobre la aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) en Ecuador suma un nuevo pronunciamiento del sector empresarial. El Servicio de Rentas Internas (SRI) definió en una circular qué tipos de alimentos mantienen tarifa 0% y cuáles deben pagar el 15%.
La Cámara de Comercio de Guayaquil solicitó este 2 de abril del 2026 la derogatoria de la circular NAC-DGECCGC26-00000002, al advertir posibles efectos negativos en la seguridad jurídica y en la estabilidad de precios.
El gremio recordó que la tarifa del 0% de IVA se encuentra establecida de forma expresa en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Según indicó, la normativa vigente ya delimita con claridad el alcance y las condiciones para aplicar este beneficio.
En ese contexto, insistió en que cualquier criterio adicional debe respetar lo dispuesto en la ley, sin introducir interpretaciones que puedan generar confusión entre contribuyentes y comerciantes.
La Cámara señaló que la circular emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI) el 26 de marzo del 2026, aunque se presenta como referencial, incorpora elementos interpretativos no contemplados en la legislación.
A su criterio, esta situación podría provocar incertidumbre sobre la correcta aplicación del impuesto, especialmente en sectores donde la clasificación de productos resulta clave para definir la tarifa.
El gremio enfatizó que la determinación de la tarifa del IVA debe realizarse de manera individual. Considerando la naturaleza, características y composición específica de cada producto.
Advirtió que aplicar criterios generales podría desnaturalizar el sentido de la ley y generar errores en la facturación, afectando tanto a negocios como a consumidores.
Frente a este escenario, la Cámara de Comercio de Guayaquil solicitó formalmente la derogatoria de la circular. Argumentó que esta medida permitiría precautelar el cumplimiento de la ley, evitar distorsiones en los precios y garantizar un entorno de mayor seguridad jurídica para la actividad económica.
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