Gobierno ajusta el cálculo de compensación para transportistas

La reforma decreto ejecutivo n 306 asegura que los beneficios para el sector transporte se mantengan intactos

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El Gobierno Nacional de Ecuador oficializó una actualización en el esquema de protección económica para los transportistas del país. Esta medida, implementada a través del Decreto Ejecutivo N.° 447, firmado el 11 de julio de 2026 en Guayaquil por el presidente Daniel Noboa, redefine el mecanismo de compensación establecido anteriormente bajo el Decreto 306.

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La actualización responde a la fluctuación de los precios de los combustibles en el mercado internacional.

Nueva fórmula de cálculo técnico

El cambio fundamental reside en la metodología para determinar el monto de la transferencia monetaria mensual. Según el artículo 1 del nuevo decreto, la compensación ya no será un valor fijo, sino que se calculará mediante una fórmula específica.

Para determinar el beneficio, las autoridades multiplicarán el volumen de consumo autorizado por la diferencia entre un “precio por galón base” —definido como el promedio simple del Precio de Venta al Público (PVP) de las gasolinas extra y extra con etanol durante el primer semestre de 2026— y el precio de venta al público mensual comunicado por el ministerio de Ambiente y Energía.

Este ajuste técnico busca reflejar con mayor precisión el impacto real de los precios del combustible en la estructura de costos del transportista, protegiendo así la sostenibilidad fiscal del Estado.

Sectores beneficiarios y cumplimiento

Esta política pública tiene como objetivo prevenir el alza de tarifas en el transporte público y mantiene la cobertura para las modalidades contempladas en la normativa anterior: taxi convencional, taxi ejecutivo, transporte de carga liviana, transporte mixto y comercial tricimoto/mototaxi.

El Ejecutivo ha encargado la implementación, instrumentación y ejecución de esta política al Ministerio de Infraestructura y Transporte, al ministerio rector del sector hidrocarburífero, al Servicio de Rentas Internas (SRI) y a la Unidad de Registro Social.

Estos organismos deberán emitir la normativa secundaria pertinente para asegurar que el apoyo llegue de forma responsable, transparente y eficiente, garantizando que el mecanismo de estabilización se mantenga dentro de los parámetros de sostenibilidad fiscal.

Vigencia inmediata y recomendaciones técnicas

Esta reforma legal entró en vigencia inmediatamente tras su suscripción. Se fundamenta en las recomendaciones técnicas del Comité de Optimización Energética (Coener), buscando que la administración pública gestione de manera responsable los recursos estratégicos del país.

¿Qué cambia con el nuevo Decreto Ejecutivo N.° 447?

Se actualiza la fórmula de cálculo para la compensación al transporte. El monto de la transferencia mensual ahora se ajustará mensualmente según la diferencia entre el precio base del primer semestre de 2026 y el precio de venta al público del combustible.

¿Quiénes son los beneficiarios de este esquema de compensación?

El beneficio está dirigido a los propietarios de vehículos registrados en las modalidades de taxi convencional, taxi ejecutivo, transporte de carga liviana, transporte mixto y comercial tricimoto/mototaxi.

¿Por qué el Gobierno realizó esta reforma al mecanismo?

La medida busca adaptar el subsidio a la volatilidad del mercado internacional de combustibles, garantizando que el apoyo estatal sea fiscalmente sostenible y técnicamente preciso.

¿Afectará esta reforma el valor del pasaje de transporte?

El objetivo principal del mecanismo es evitar el alza de tarifas para el ciudadano, permitiendo que el sector transportista mantenga su operatividad bajo un esquema financiero ajustado a la realidad de los costos del combustible.


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