Imagen referencial. En el proyecto de Ley se platea hasta 25 años de cárcel por corrupción en contratación de emergencia. Foto: Archivo / EL COMERCIO
La Comisión de Justicia de la Asamblea incluyó en un solo documento los dos proyectos de Ley que el Ejecutivo envió a inicios del 2020, relacionados a lucha contra la corrupción.
Se espera que esta última semana de noviembre del 2020, la mesa legislativa presente el informe para primer debate.
El primer proyecto, enviado en marzo pasado, plantea reformas al Código Orgánico Integral Penal (Coip) para la tipificación de delitos de corrupción. La promulgación de esta reforma es uno de los compromisos que debe cumplir el Gobierno hasta el 15 de diciembre para recibir un desembolso del Fondo Monetario Internacional por USD 2 000 millones.
El segundo proyecto fue enviado en mayo y plantea cambios en el Coip para sancionar la corrupción en contratación pública de emergencia, además, propone reformas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Ahora los dos documentos forman un solo cuerpo del proyecto de Ley Anticorrupción.
El principal cambio que plantea el documento presentado en mayo es incorporar como un nuevo tipo penal al delito de elusión de procesos precontractuales y contractuales en emergencia; es decir, cuando se evada los procesos y se realice contratación o precontratación “arbitraria” o en beneficio “propio o de terceros”.
Así, un funcionario público podrá ser sancionado con este delito si realizó contrataciones con sobreprecio o cuando se detecte que compró bienes y servicios que no tienen relación con la emergencia, dice el proyecto.
La propuesta plantea penas privativas de libertad de seis meses hasta 25 años, y multas económicas, por elusión de procesos, que varían de acuerdo al monto contratado y el perjuicio causado al Estado.
Por ejemplo, si se trata de un contrato de hasta USD 10 000, la sanción puede ser de seis meses a un año. Pero si es un contrato de más de USD 250 000, la sanción puede ser de entre 20 y 25 años.
Entre quienes pueden ser sancionados se incluye a las máximas autoridades, pues se establece que toda contratación de emergencia estará bajo la responsabilidad de la máxima autoridad.
La norma plantea que se puede establecer como medidas cautelares en estos casos la suspensión del proceso de contratación.
Además, se podrá inhabilitar a una persona natural o jurídica que participó en el proceso, para que ya no pueda contratar con el Estado.
Johana Pesántez, secretaria jurídica de la Presidencia, explicó que, con esta reforma, se podrá dar por terminado un contrato sin que la entidad estatal tenga que indemnizar al proveedor, siempre que ya exista una sentencia condenatoria.
“Luego es muy difícil para el Estado recuperar los dineros pagados en estos casos de corrupción”, dijo.
El abogado Napoleón Santamaría explica que actualmente la legislación relativa a contratación pública permite que las entidades se salten ciertos requisitos, cuando se trata de una declaratoria de emergencia, pero añade que no en todos los casos se requería contratar un bien un servicio, sino que las autoridades, se aprovechaban de la situación. Él propone reformas para que todos los contratos del estado tengan cláusulas anticorrupción, como medida de prevención.