En un local de Quito, cercano a un edificio del SRI, se da asesorías a contribuyentes. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO
La inflación anual se ubicó en 0,04% en noviembre del 2019. La cifra mide la variación de precios en los últimos 12 meses y es un elemento clave para cuatro temas tributarios y uno laboral.
El indicador se considera en las negociaciones para establecer el salario básico unificado (SBU). Para 2019 este rubro es de USD 394 y en este mes se debe fijar el valor del siguiente año en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS).
Rodrigo Gómez de la Torre, representante de los empleadores en ese organismo, cree que la inflación anual es una medida técnica para definir el ajuste al salario, más cuando refleja el escaso dinamismo de la economía. Para él, un valor por encima de esa variable “solo abonará en la problemática de la falta de trabajo”.
Además, el sector solicitó al Banco Central del Ecuador (BCE) que envíe una certificación sobre la proyección de la inflación para el 2020.
La entidad proyectó en la Proforma presupuestaria del siguiente año una variación de precios del 0,84%.
“Si la inflación está en el orden de menos el 1%, por ahí debe ir la variación salarial”, enfatizó Gómez al señalar que estos días el sector productivo mantendrá reuniones para acordar una posición.
Los gremios de trabajadores realizarán un encuentro el próximo miércoles 11 de diciembre del 2019 para definir la propuesta ante el CNTS. En esa cita participarán representantes de los empleados públicos, sindicatos, maestros, entre otros gremios.
Richard Gómez, presidente nacional de la Central Única de Trabajadores (CUT), consideró que la inflación no es la única variable que se debe considerar. El directivo argumenta que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) también sugiere tomar en cuenta el índice de productividad y el valor de la canasta básica.
Empleados y trabajadores están a la espera de que el Ministerio de Trabajo convoque a la primera reunión para empezar los diálogos sobre el tema.
En caso de que los dos sectores no lleguen a un acuerdo sobre el monto, la Cartera de Estado será la que defina el tema mediante acuerdo.
La inflación anual también incide en el aspecto tributario, ya que sirve para el cálculo de las bases imponibles del 2019 de los impuestos a la renta para personas naturales y a la renta por herencias, legados y donaciones, dijo el abogado tributario, Carlos Licto.
Él explica que el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno determina que los rangos de la tabla de ingresos para el cálculo del impuesto a la renta para personas naturales serán actualizados conforme a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor, que lo dicta el Instituto Nacional de Estadística y Censos al 30 de noviembre de cada año.
Durante el 2019, las personas que ganan hasta USD 11 310 al año no pagan este tributo y en el 2020 a esa fracción básica de exoneración se debe sumar el 0,04% de la inflación anual de noviembre pasado. Es decir, subirá a USD 11 315. Ese mismo porcentaje se debe aplicar al resto de los rangos previstos en la tabla, dice Licto.
Él agrega que en el caso del impuesto a la renta para herencias, legados y donaciones ocurre lo mismo. Quienes reciben ingresos por estas causas hasta USD 72 060 en el 2019 no deben tributar. En el 2020 esa base subirá a USD 72 089.
El experto dice que los cálculos de los impuestos a los Consumos Especiales (ICE) para bebidas alcohólicas y otros bienes, que están contemplados en los artículos 76 y 82 de la Ley de Régimen Tributario Interno, también son modificados por la inflación anual.
La normativa establece que el nuevo valor deberá ser publicado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) durante este mes y regirá a partir de enero del 2020.
Licto añade que en el caso del ICE para otros bienes están incluidos productos como cigarrillos, alcohol, cervezas artesanal e industrial y bebidas gaseosas y energizantes.