Cristina Espinoza fue desvinculada de su cargo de directora financiera, en Baba. Foto: Galo Paguay / EL COMERCIO
Cuando Victoria cumplió 1 mes y medio de nacida su madre, Salomé Córdova, recibió un correo. Le notificaron su desvinculación laboral. Consternada pidió una explicación a las autoridades de la universidad pública en donde trabajaba. “No tenían motivos para despedirme”, asegura la mujer de 40 años.
En Ecuador, toda empleada tiene derecho a licencia con remuneración de 12 semanas por el nacimiento de su hijo, según el Código de Trabajo. Allí se habla de la protección a las embarazadas, por lo que se prohíbe la terminación de sus contratos por esta causa o reemplazarlas definitivamente dentro del período mencionado.
Salomé colocó una acción legal y las autoridades fallaron a su favor, por lo que volvió a su trabajo. Pero entonces -dice- sufrió acoso laboral. “Por buscar justicia me pusieron en un congelador; me maltrataban”. En enero de este año dejó su puesto.
El caso de Salomé, ocurrido en el 2018, es uno de 20 que fundamentaron la sentencia No. 3-19-JP/20 y acumulados en la Corte Constitucional, del 5 de agosto. En ella se analizó el alcance de los derechos de 20 mujeres embarazadas o en período de lactancia. Y fijaron acciones para las carteras de Salud, Trabajo e Inclusión y Consejo de Igualdad de Género.
El Ministerio de Salud, por ejemplo, debe promover la lactancia en las empresas, con la adecuación de espacios seguros para extracción de la leche; y los cuatro entes tienen que elaborar el Modelo de Ambientes Laborales para el Cuidado y garantizar el derecho a la protección.
Mientras tanto, las mujeres esperan que la sentencia se cumpla. Una de ellas es Cristina Espinoza, de 39 años; laboraba en el Municipio de una ciudad costera. Era directora financiera. El 4 de mayo del 2018 dio aviso a las autoridades sobre su embarazo; 10 días después fue despedida. “Me dijeron que renuncie, por mi estado”.
La trabajadora interpuso una acción de protección, por lo que fue reincorporada a su cargo. “Fueron los peores días. Me enviaron a una bodega, sin computadora ni teléfono. No me renovaron el contrato y no he podido encontrar trabajo. Esto no puede volver a ocurrir”.
Para Roberto Veloz, delegado de la Defensoría del Pueblo de Pichincha, estas historias se repiten; también las retaliaciones son comunes. En este año se registran 10 litigios relacionados, por lo que la entidad hace seguimientos para que no haya revictimización o se vulneren otros derechos.
Veloz defiende a una mujer que fue desvinculada de su cargo como gerenta jurídica de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop).
“Activamos una acción de protección, ya que no solo se afectó a la madre sino a la niña. El embarazo era de riesgo y la pequeña pasó 145 días internada en un hospital”.
Sobre el tema, la empresa sostiene que el cargo era de libre designación y remoción y que requiere de la confianza de autoridades, según la Ley Orgánica de Empresas Públicas y la Norma Interna de Administración del Talento Humano. “La exservidora no gozaba de la confianza de la actual gerencia”. Descartan el acoso laboral.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) también reconoce el derecho de la madre a un período de descanso tras el parto; así como la garantía de los medios suficientes para su manutención y su reincorporación al terminar su licencia.