11 procesados por presunto delito de caza ilegal en Sucumbíos

Los sospechosos habrían cazado cuatro capibaras, consideradas como protegidas en la lista de especies vulnerables de fauna silvestre. Foto: Cortesía Fiscalía

Fiscalía procesó a 11 personas en la audiencia de calificación de flagrancia, desarrollada la noche del lunes 10 de octubre de 2022.

Los sospechosos habrían empleado carabinas y hasta perros de presa para cazar cuatro capibaras, consideradas como protegidas en la lista de especies vulnerables de fauna silvestre.

El fiscal multicompetente del cantón Shushufindi, Jairo Molina, formuló cargos penales por el presunto cometimiento de delitos contra la flora y fauna silvestres.

Tomando los informes emitidos por técnicos del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, que fueron corroborados por peritos de la Unidad de Policía del Medio Ambiente. Ellos determinaron que los capibaras están dentro de la lista roja la ser consideradas como especies vulnerables.

Además, el fiscal Molina presentó como elemento de convicción las versiones rendidas por personal del Ejército y de la Policía que efectuaron la aprehensión.

Sospechosos tiene medidas cautelares

Al finalizar la audiencia, el juez multicompetente ordenó para los procesados el cumplimiento de las medidas cautelares. Estas son: de prohibición de salida del país y presentaciones periódicas ante la Fiscalía.

La situación jurídica de todos ellos se resolverá mediante un procedimiento directo, cuya audiencia de juicio fue convocada para las 09:00 del 1 de noviembre de 2022.

Detenidos en un operativo de control de armas

Los 11 ciudadanos fueron aprehendidos durante un operativo de control de armas ejecutado por militares en la vía a Puerto Providencia.

Los detenidos viajaban en dos vehículos. En la inspección hallaron nueve carabinas con las que, presuntamente, cazaron a los animales. Cuando los uniformados abrieron la cajuela de una camioneta, encontraron los cuatro capibaras muertos.

Delitos

La Fiscalía formuló cargos por el artículo 247, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que habla sobre los “delitos contra la flora y fauna silvestres".

Si el hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies; o, en veda”, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.


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