Andy Díaz, un joven no vidente, compartió su historia en TikTok. El joven denunció un acto de “discriminación” en un restaurante de Ecuador.
El joven ecuatoriano compartió en un corto video la experiencia que le tocó vivir cuando intentó ingresar a un local de la multinacional KFC, junto a su perro guía Kenshi.
En el video se muestra el momento en que, desde la puerta, una de las empleadas del lugar sale a informarle que “no se permiten perros”.
Luego de esto, una acompañante de Andy ingresa al local y muestra la identificación de Kenshi y explica la función del can.
Sin tener gran éxito con esta primera trabajadora del lugar, se dirigen a alguien más del restaurante y esta insiste que “no se permite el ingreso de mascotas” y ante la insistencia de la acompañante de Andy, la mujer responde “por esta vez te voy a ayudar”.
Tras el hecho que se hizo público el lunes, 19 de junio de 2023, la multinacional propietaria del local emitió un comunicado a través de su cuenta oficial de Instagram con la leyenda: “Mensaje a Andy y Kenshi”.
“Todos los que hacemos KFC Ecuador lamentamos profundamente lo ocurrido contigo Andy, al no haberte brindado las facilidades para ingresar a uno de nuestros locales con Kenshi, tu mascota de asistencia”.
Ley de Discapacidades reconoce la asistencia de animales
En Ecuador existe la Ley Orgánica de Discapacidades con la cual se garantiza una serie de derechos en favor de las personas con discapacidad.
Es así, que en el artículo 59 de este cuerpo legal se reconoce el derecho de las personas con discapacidad a ser asistidas por un animal adiestrado.
“Las personas con discapacidad tienen derecho a ser acompañadas por auxiliares animales debidamente entrenados y calificados para cubrir sus necesidades. La permanencia y acompañamiento podrá efectuarse en los espacios y ambientes que permite el acceso a personas. Ninguna disposición pública o privada podrá impedir la libre circulación y el ejercicio de este derecho, a excepción de los centros de salud. Los animales adiestrados deberán ser debidamente certificados por la autoridad sanitaria competente”.
Y el artículo 58 hace referencia a la accesibilidad a bienes y servicios de la sociedad, “eliminando barreras que impidan o dificulten su normal desenvolvimiento e integración social. En toda obra pública y privada de acceso público, urbana o rural, deberán preverse accesos, medios de circulación, información e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad”.
Según cifras de la página del Consejo de Discapacidades, en Ecuador hay 54 397 personas con discapacidad visual.
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