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El Gobierno de Daniel Noboa decretó un puente para el feriado de enero, por el Año Nuevo, en Ecuador. Esto debido a que 1 de enero cae jueves y se busca que el puente ayude a dinamizar la economía.
A través del ministro de Trabajo, Harold Burbano, se conoció de primera mano la noticia de que el Gobierno decretaría un puente el viernes 2 de enero para que los ecuatorianos disfrutaran de cuatro días de feriado debido a que 1 de enero cae jueves.
En principio, Burbano comentó que la jornada del 2 de enero sería recuperable; sin embargo, el 17 de diciembre, a través del Decreto Ejecutivo 249, el presidente Daniel Noboa dispuso suspender la jornada de trabajo en todo el territorio nacional, para el sector público y privado, el día viernes 2 de enero de 2026.
Así, el feriado del 1 y 2 de enero no serán recuperables, es decir, que los servidores privados o públicos no deberán devolver esas horas de descanso a los empleadores. Así, el feriado queda establecido del 1 al 4 de enero de 2026.
El decreto establece que durante el feriado se garantizará la provisión de servicios públicos esenciales como agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, transporte aéreo, terrestre y fluvial, así como servicios bancarios. Las instituciones públicas deberán organizar turnos de personal mínimo para atender a la ciudadanía.
La disposición entra en vigencia desde su suscripción y su ejecución estará a cargo de los ministerios competentes, en coordinación con las demás entidades del Estado.
Aunque el 2 de enero es un feriado obligatorio, algunos trabajadores deberán cumplir sus jornadas por la naturaleza de sus actividades. En esos casos, la ley laboral establece un pago adicional.
El artículo 55, numeral 4, del Código del Trabajo señala que el trabajo realizado en días de descanso obligatorio, como sábados, domingos o feriados, debe pagarse con un recargo del 100%. Es decir, cada hora trabajada se paga al doble del valor normal.
Esta disposición aplica tanto para el sector público como para el privado y considera ese tiempo como trabajo extraordinario.
El cálculo del pago por horas trabajadas en un feriado es directo. Primero, el trabajador debe dividir su salario mensual para 240, que corresponde al número de horas laboradas en un mes.
El valor obtenido representa el pago por una hora ordinaria. Ese monto debe multiplicarse por dos, ya que la ley ordena un recargo del 100% en feriados.
Si el trabajador labora varias horas el 2 de enero, deberá multiplicar ese valor por el número total de horas efectivamente trabajadas.
El Viceministerio de Turismo publicó el calendario oficial de feriados nacionales que regirá en Ecuador durante 2026. El documento fija las fechas de descanso obligatorio, define los días que se trasladarán para formar fines de semana largos y facilita la planificación turística, laboral y académica para el próximo año.
A este listado hay que sumarle el feriado de cada localidad, por ejemplo, en Quito se celebra la fundación de la ciudad el 6 de diciembre de cada año.