Chofer de empresa municipal de Cuenca, sentenciado por muerte de exciclista olímpico John Jarrín

El exciclista olímpico John Jarrín murió arrollado por un vehículo en Cuenca. Foto: Archivo

Salvador Remigio B., conductor de la Empresa Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC EP), fue sentenciado a ocho meses de privación de libertad luego de que Fiscalía demostrara su participación en la muerte culposa del ciclista John Jarrín. También se dispuso el pago de USD 314 000 como reparación integral a los familiares de la víctima.

En la audiencia de juicio, que culminó la tarde del miércoles 1 de febrero de 2023 en el Complejo Judicial de Cuenca, la jueza Verónica Ordóñez determinó la responsabilidad solidaria de la EMAC EP.

El siniestro de tránsito

El 8 de marzo de 2021, aproximadamente a las 08:40, Salvador Remigio B. conducía un vehículo recolector de basura, propiedad de la EMAC EP, por el carril izquierdo de la avenida 10 de Agosto, en Cuenca.

Al llegar a la intersección con la calle Miguel Moreno, el conductor giró hacia la izquierda e invadió el carril. Mientras transitaba por el paso cebra chocó la bicicleta que era conducida por John Jarrín, de 59 años.

Como consecuencia del impacto, la víctima cayó sobre la calzada, lo que le produjo un trauma encefálico grave. Fue trasladado al Hospital José Carrasco Arteaga. Aquí, a pesar de recibir la atención necesaria, falleció a las 17:24 por la gravedad de las heridas.

La fiscal Alexandra Maldonado sustentó la responsabilidad del acusado en los testimonios de dos peritos que practicaron la valoración médica a la víctima; además, en la autopsia médico-legal y análisis forense de documentos.

Elementos de la Oficina de Investigación de Accidentes de Tránsito (OIAT) y del Servicio de Investigaciones de Accidentes de Tránsito (SIAT) rindieron sus testimonios. Se refirieron a los informes de reconocimiento y avalúo de vehículos involucrados, inspección ocular técnica, reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, así como reconstrucción de los hechos.

Además, fueron presentados los testimonios de un funcionario de la EMAC EP que viajaba en el mismo vehículo y observó los hechos, y del agente civil de tránsito que tomó procedimiento.

Información jurídica

Salvador Remigio B. fue sentenciado según el artículo 377 inciso 1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este sanciona el delito de muerte culposa con privación de libertad de uno a tres años.

En este caso se consideraron las circunstancias atenuantes de la infracción, tipificadas en el artículo 45, numerales 5 y 6, del mismo cuerpo legal, que hacen referencia a que Salvador Remigio B. no huyó del lugar luego del accidente y colaboró en la investigación.

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