Asamblea tramita proyecto de ley para sancionar la violencia sexual digital

El proyecto de ley plantea que la violencia sexual digital y el ciberacoso sexual sean incluidos como delitos en el Código Integral Penal (COIP). Foto: Pxfuel.

La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional analizó este lunes, 19 de octubre del 2020, el proyecto de ley para Prevenir la Violencia, el Acoso Digital y la Violencia a la Intimidad. Esta iniciativa legal fue propuesta por la asambleísta Mae Montaño, el pasado 4 de agosto del 2020.
Una de las propuestas es que la violencia sexual digital y el ciberacoso sexual sean incluidos como delitos en el Código Integral Penal (COIP). Además plantea posibles sanciones para quienes incurran en estos ilícitos.
Por ejemplo, quien difunda imágenes, audios y videos con contenido sexual de una persona, a través de medios tecnológicos, con la finalidad de hacerle daño y sin su consentimiento sería sancionado con cárcel de uno a cuatro años.
Si la víctima es menor de edad o tiene discapacidad la pena se incrementa a seis años.
La pena se agravará si el delito es perpetrado por la pareja o expareja de la víctima.
En cambio, para quien comercialice las fotos y videos con contenido sexual a través de redes sociales, correos, blogs o juegos en línea, sin el consentimiento de la persona que aparece en las imágenes, la sanción sería de seis a 10 años de prisión.
Otra de las propuestas de esta normativa es castigar el ciberacoso sexual con cárcel de uno a tres años. Recibiría esta sanción la persona que intimide o amenace a otra con publicar imágenes sexuales para perjudicar su dignidad e intimidad. Si la víctima es menor de 18 años, la pena sube de tres a cinco años.
Este proyecto de ley, que se tramita en el Legislativo, también plantea que ese ilícito sea considerado un tipo de agresión a la mujer.
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