Nueva advertencia por descuentos indebidos de las cuentas bancarias

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros se pronunció este 15 de octubre del 2018 sobre supuestos descuentos indebidos en cuentas bancarias. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

Los descuentos que realizan las instituciones financieras a sus clientes por servicios ha generado malestar en las redes sociales, al punto que las autoridades de control han emitido comunicados estos días para informar sobre las normas que regulan esta actividad.
Primero fue la Superintendencia de Bancos que el jueves 11 de octubre del 2018 advirtió a las entidades bancarias que la Ley prohíbe que se realicen cargos por servicios financieros y no financieros que no hayan sido expresa y previamente aceptados por los clientes o usuarios financieros.
Hoy, lunes 15 de octubre del 2018, lo hizo la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
A través de un comunicado, la entidad de control señaló que desde el 12 de septiembre del 2015 asumió el control del sector asegurador, que está conformado por las empresas que realicen operaciones de seguros, las compañías de reaseguros, los intermediarios de reaseguros, los peritos de seguros y los asesores productores de seguros.
También señaló que solo las empresas de seguros pueden asumir riesgos sobre personas o generales, vía emisión de pólizas de seguros.
Sin embargo, aclaró que “los servicios de asistencia, no son Pólizas de Seguros”.
La normativa señala que toda póliza de seguros debe ser firmada por el asegurado o beneficiario y la aseguradora.
Pero esto no aplica para los servicios de asistencia, que son aquellos que se ofrecen a los clientes a través de llamadas telefónicas y que son grabadas “para garantizar la calidad del servicio”. Ahí están, por ejemplo, seguros dentales, asistencia en el hogar, etc.
La Asociación de Bancos del Ecuador, por su parte, defendió el pasado viernes, 12 de octubre del 2018, que los bancos solo actúan como facilitadores del cobros de servicios que brindan las empresas de servicios (cobros de primas de seguros o de planillas de agua y otros). Acotó que las empresas que brindan esos servicios son las obligadas a registrar la autorización del cliente para que se efectúe el descuento.
Estimados usuarios: La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros #informa a la ciudadanía lo siguiente: pic.twitter.com/rN1Scrvdwt
— Supercias Ecuador (@SuperciasEC) 15 de octubre de 2018
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