La noticia divulgada da cuenta de la resolución del Consejo de Estupefacientes y Psicotrópicos que estipula las dosis permitidas para portar marihuana, base, coca y heroína. Pero todavía no se resuelven los problemas conexos.
El artículo 324 de la Constitución de Montecristi, que impulsó el Gobierno, abría la puerta para despenalizar el consumo de drogas. Este es un largo debate que debiera merecer acuerdos internacionales concertados.
La medida anunciada tiene coherencia con la norma constitucional, pero abre serios interrogantes en materia de su aplicación en los campos jurídico, de seguridad -en materia de narcotráfico- y salud pública.
Este último aspecto es lo que primero nos debiera preocupar. No existen centros de tratamiento y rehabilitación. ¿Se puede agrupar a consumidores, alcohólicos y fumadores? ¿Habrá presupuestos para abordar integralmente el tema? ¿Tendrá el Estado previsto un sistema de expendio para adictos que garantice el control de dosis y la calidad de las sustancias? En materia jurídica, la preocupación surgió en cuanto se supo la noticia. Los jueces no lo sabían ni a la Fiscalía había llegado disposición específica.
Otro tema que queda flotando y habrá que resolver es el impacto en la seguridad pública del narcotráfico, sus redes ilegales, sus cadenas de expendedores y mafias de crimen organizado, que deben estar tomando nota del nuevo escenario . ¿Ecuador está preparado?