Después de cinco días del anuncio del Gobierno, respecto a que las recargas en los celulares no tendrán fecha de vencimiento, el Gobierno aclaró su posición.
Ayer, Jaime Guerrero, ministro de Telecomunicaciones, explicó que el saldo promocional de las recargas sí tiene fecha de vencimiento, debido a que es un beneficio adicional que otorgan las operadoras a sus clientes.
Por ejemplo, si una persona compra una recarga de USD 10 y la empresa le entrega USD 30 por la promoción 3×1, la operadora se reserva el derecho de establecer un límite de tiempo para el consumo de la promoción: USD 20.
De esta manera, el único saldo que no caducará es el de USD10 que pagó el cliente, que además será el último en consumirse. En este sentido salió la resolución emitida por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) el pasado jueves.
Otra de las aclaraciones que hizo Guerrero, en una rueda de prensa, fue que la acumulación del saldo sí está contemplado en los documentos que se levantaron después de la renegociación de los contratos con las operadoras móviles y que fue publicado en el Registro Oficial el pasado 26 de agosto del 2008.
Pero cuatro años después, el Ministro dijo que no se sabe si las operadoras están cumpliendo lo dispuesto en la normativa y que se ha pedido a la entidad de control (Superintendencia de Telecomunicaciones) que determine si lo escrito se cumplió o no.
Una de sus argumentaciones fue que las operadoras no solo tienen que cumplir con esta cláusula, que responde a los derechos de los usuarios, sino que también tienen que realizar varias tareas como cumplir con áreas de cobertura, cambios en la configuración de las redes, entre otras cosas.
Además, señaló que el Gobierno ha invertido USD 40 millones en la compra de equipos para la autoridad de control.
Por su parte, Fabián Jaramillo, superintendente de Telecomunicaciones, explicó que los saldos siempre se han acumulado, lo cual concuerda con las versiones de las operadora, más no de los consumidores. Explicó que el cambio realizado con la reciente resolución del Conatel es el tiempo de vigencia de la recarga. Antes, una tarjeta tenía una fecha límite de consumo de hasta 30 días. Por eso, dijo, que esta entidad hizo una interpretación del contrato y estableció que las recargas sean ilimitadas.
Para Juan Carlos Solines, experto en Telecomunicaciones, estas aclaraciones obedecen a “órdenes políticas más no a estudios técnicos y de mercado”.
Contrato de concesión de operadoras
El documento se publicó en el Registro Oficial en el 2008.
Cláusula 41.
41.4. Los usuarios tienen derecho a disponer de Planes Tarifarios que consideren la acumulación de saldos no utilizados, por lo cual la Sociedad Concesionaria está obligada a crearlos en el Plazo de setenta (70) días contados a partir de la Fecha de Entrada en Vigencia. La acumulación de saldo es obligatoria en prepago y, tanto en pospago como en prepago, se aplicará mientras la línea se encuentre catalogada como activa.
Cláusula 45.
45.2 El Conatel en cualquier momento podrá modificar el Pliego Tarifario vigente, las tarifas o los precios fijados, si existieren distorsiones a la competencia en un determinado mercado, que fueren señaladas mediante el estudio preparado por la Senatel o el órgano competente de acuerdo a la Legislación Aplicable y, en caso de ausencia de tales normas, de acuerdo al procedimiento que el Conatel establezca.