En fin de año, la Policía desplegó controles en las calles de Quito por el toque de queda. Foto: EL COMERCIO
Era 16 de marzo del 2020. El covid-19 había llegado a Ecuador y el Gobierno declaraba estado de excepción y disponía un toque de queda.
El 25 de ese mes, los ministerios de Salud y de Gobierno firmaron un reglamento de 9 artículos y dispusieron que las multas por incumplimiento de la restricción de circulación se cobrarían en las planillas de servicio público a nombre de los infractores. Nueve meses y nueve días después, la recaudación no se ha concretado.
En el reglamento se dispuso que el pago comenzaría en agosto. Sin embargo, las empresas de agua potable, electricidad y telefonía confirman que todavía no se ha iniciado con el cobro; dicen que se debe desarrollar una regulación para que los pagos se reflejan en las facturas de los usuarios.
En el reglamento se estableció que la sanción quedaría registrada en una plataforma informática, a cargo del Ministerio de Telecomunicaciones, para evitar evasión. Sin embargo, la base digital disponible, denominada Sanciones Covid-19, fue desarrollada en 30 días, por su complejidad, según esa Secretaría de Estado.
Por eso, la semana que viene, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional prevé elaborar una nueva resolución, para que cada institución tenga fuerza legal para el cobro, incluso con coactiva.
Esta información fue corroborada por Juan Zapata, presidente del COE nacional.
De marzo al 13 de septiembre, cuando terminó la prolongación del estado de excepción por la pandemia, los uniformados entregaron 158 216 notificaciones por incumplir por primera vez el toque de queda. 16 160 fueron sancionados por segunda vez y 616 por tercera ocasión, a escala nacional.
Los primeros deben pagar USD 100 de multa. Lo reincidentes USD 400.
Mientras que la tercera sanción se castiga con detención . El primer inciso del artículo 282 del Código Penal castiga con cárcel de hasta tres años por incumplir “decisiones legítimas de autoridad competente”.
Personas que incumplieron con esa medida accedieron a hablar con este Diario.
Una de ellas no sabe si tiene que pagar o no la sanción. Recuerda que agentes la multaron la madrugada del 9 de junio, cuando tomaba cervezas con un amigo. Asegura que ocurrió en Chillogallo (sur de Quito), que no le extendieron una boleta física o electrónica y que solo le pidieron los nombres y número de cédula. Todo fue anotado en un aplicativo que permite verificar la identidad y conocer si alguien tiene antecedentes penales.
Otro hombre fue amonestado en Barrio Nuevo, el 30 de marzo, también en Quito. “Los policías nos dijeron que esto nos cobrarían al pagar servicios básicos, pero yo no tengo ninguna cuenta a mi nombre”.
Otras multas
Para frenar el coronavirus también se restringió la circulación vehicular según el número de la placa (pares e impares), se prohibió la aglomeración de personas y se estableció la obligatoriedad del uso de mascarillas. ¿Quién está a cargo cobrar las multas emitidas por estas infracciones?
Hay disposiciones locales. Por ejemplo, el Concejo Metropolitano de Quito aprobó el 19 de mayo la Ordenanza 010, que permitió a la Agencia de Control (AMC) sancionar por incumplir las medidas de bioseguridad. La entidad emitió 12 243 citaciones por mal uso de cubrebocas, aglomeraciones y por beber en zonas no permitidas. Por no portar mascarilla se debe cancelar USD 100. La reincidencia se penaliza con 200. Estos montos sí se cobran en la capital de Ecuador.
En todos los casos, los agentes emiten una orden de pago a través del Sistema de Administración de Obligaciones (SAO). Con este documento, el usuario puede ir al banco. En la misma ordenanza se estableció que la sanción se puede devengar con trabajo comunitario.
En el Distrito, de marzo a diciembre, se extendieron 35 802 boletas contra quienes irrespetaron las placas. La recaudación está en marcha.
En Guayaquil, desde marzo se cerraron 900 locales por incumplir el aforo, funcionar por fuera del horario permitido o porque la gente no usaba mascarilla. 300 infractores ya pagaron la sanción, que va desde USD 80 hasta USD 2 100.
En Cuenca, en cambio, tras un análisis jurídico al Decreto que estableció el estado de excepción de marzo, la Empresa Municipal de Movilidad aprobó una resolución para que no se cobraran las 9 000 multas de tránsito por mal uso del salvoconducto. La amonestación por infracciones, como no utilizar cubrebocas, sí se recauda.
En contexto
El presidente Lenín Moreno decretó un nuevo estado de excepción el 21 de diciembre; durará un mes. Dentro de la disposición presidencial se estableció un nuevo toque de queda, entre 22:00 y 04:00 a escala nacional. Esta prohibición terminará mañana.