Pese al estado de excepción, la población de las 16 provincias podrá efectuar sus actividades sin restricciones este viernes entre las 05:00 y las 20:00. Foto: Galo Paguay / EL COMERCIO
En este feriado por el Día del Trabajo habrá libre movilización vehicular y descanso obligatorio para los trabajadores de todo el país, incluidas las 16 provincias, que están bajo el estado de excepción desde el 23 de abril del 2021. También, se podrá realizar todo tipo de actividad económica, excepto las prohibidas por el decreto.
Esta medida especial está en vigencia en Azuay, Imbabura, Loja, Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Guayas, Pichincha, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro, Sucumbíos.
Este año, este asueto se trasladó al 30 de abril, en vista de que el 1 de Mayo caerá el sábado. La Ley de Feriados estableció que si una de esas fechas cae un sábado se pasa al viernes y si es el domingo se cambia al lunes.
Pese al estado de excepción, la población de las 16 provincias podrá efectuar sus actividades sin restricciones este viernes entre las 05:00 y las 20:00. Pero, a partir de esa hora, comenzará el toque de queda total que se prolongará hasta el sábado, domingo y terminará a las 05:00 de este lunes 3 de mayo del 2021.
Con el confinamiento total de fin de semana está prohibida la circulación vehicular y la movilidad humana; es decir, la gente tiene que quedarse en casa, salvo que tenga que comprar medicinas, vacunarse contra el covid-19 o por emergencias de salud.
Las medidas prohibidas durante el confinamiento de fin de semana
-No funcionará el servicio de transporte público urbano, intra e interprovincial
-Está suspendido el ejercicio de los derechos a la libertad de tránsito, asociación y reunión y la inviolabilidad de los domicilios.
-Quedan eliminados los salvoconductos emitidos por los municipios de las 16 provincias indicadas; se prohíbe la emisión de nuevos documentos.
-Están prohibidas todas las reuniones sociales, en el espacio público o privado, durante el toque de queda.
-Están prohibidas las fiestas en cualquier espacio, sea público o privado, incluidos los domicilios.
-Las playas y balnearios turísticos cerrados
-Se prohíbe la venta por cualquier medio de bebidas alcohólicas en el horario de la vigencia del toque de queda.
-No pueden abrir los bares, karaokes, discotecas y los demás centros de diversión nocturna y tolerancia
-Los parques y áreas de recreación estarán cerrados.
¿Qué se puede hacer?
-Las citas agendadas para la vacunación anticovid no se suspenden
-Taxis legalmente acreditados
-Citas médicas u odontológicas
-Servicios funerarios
-Los viajes a los aeropuertos, puertos y pasos fronterizos están permitidos, para la actividad productiva y comercial.
-Funcionarán los servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria
-Se mantiene la seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control, y emergencia vial
-La prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura y otros están activos
-Se garantiza la provisión de alimentos y bebidas, así como la provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
-Quedan autorizados las plataformas, servicios de delivery y sus empleados acreditados.
-Los sectores estratégicos, el sector exportador y toda su cadena logística están autorizados.
-Sectores de la construcción y turismo, agrícola y agroindustria industria, manufacturera y su cadena conexa, industrias y comercios relacionados con el cuidado y crianza de animales.
-Actividades del sector financiero y bancario
-Los funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral, abogados, de la Corte Constitucional, Función Judicial, Defensoría del Pueblo, Procuraduría General, Asamblea Nacional, Contraloría General, Defensoría Pública, Comité de Transición del Gobierno Electo y Saliente, acreditados;
Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados
-Los funcionarios del CNE, TC, CC, Función Judicial, Defensoría del Pueblo, Procuraduría, Asamblea, Contraloría, Defensoría Pública, Comité de Transición del Gobierno Electo y Saliente, acreditados.
MÁS SOBRE LA EMERGENCIA SANITARIA