
La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia condenatoria contra Alcides Rodolfo M. V. y José Bolívar K. T., integrantes de las Fuerzas Armadas, por el delito de violación. Un Tribunal de Garantías Penales los declaró autores directos del hecho y les impuso la pena máxima agravada de 29 años y 4 meses de prisión.
El fallo también ordena medidas de reparación integral para la víctima. Cada sentenciado deberá pagar 2 000 dólares como indemnización, asumir una multa equivalente a 600 salarios básicos unificados a favor de la administración de justicia y cumplir otras disposiciones judiciales. Además, el Tribunal prohibió la enajenación de sus bienes, suspendió sus derechos de ciudadanía y dispuso que la víctima reciba tratamiento psicológico en la red pública de salud.
Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía expuso que los hechos ocurrieron la tarde del 12 de enero de 2024, en Francisco de Orellana. Según la investigación, la víctima permanecía en un local comercial junto a varias amigas cuando los ahora sentenciados identificaron que se encontraba en una situación de vulnerabilidad.
De acuerdo con la acusación fiscal, los militares aprovecharon que la víctima no podía resistirse. Luego la trasladaron en un vehículo y cometieron el delito. La investigación estuvo a cargo de una fiscal especializada en violencia de género, quien determinó que la víctima recibió auxilio inmediatamente después de los hechos.
La Fiscalía sustentó la acusación con el testimonio anticipado de la víctima, quien identificó a los agresores. Esa versión coincidió con los informes periciales médico-legales, psicológicos y de trabajo social. La institución también presentó testimonios de agentes policiales y otras pruebas practicadas durante el juicio.
Tras valorar todos los elementos expuestos en la audiencia, el Tribunal concluyó que Alcides Rodolfo M. V. y José Bolívar K. T. actuaron con dolo y aprovecharon que la víctima estaba privada de la capacidad para resistirse.
La sentencia establece que, una vez ejecutoriado el fallo, los condenados deberán cumplir la pena impuesta. Si no se presentan voluntariamente para ingresar al centro de privación de libertad, las autoridades ordenarán su localización y captura.
Además de la pena privativa de libertad, el Tribunal dispuso medidas de reparación integral para la víctima. Cada uno de los sentenciados deberá entregar 2 000 dólares y cubrir una multa equivalente a 600 salarios básicos unificados a favor de la administración de justicia. También deberán cumplir con las restricciones impuestas por la sentencia, entre ellas la prohibición de enajenar bienes y la suspensión de sus derechos de ciudadanía.
La Fiscalía informó que este caso se procesó y sentenció con base en el artículo 171, inciso primero, numeral 1, en concordancia con el artículo 42, numeral 1, literal a, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que regulan el delito de violación y la autoría directa.
La pena aumentó en un tercio por la aplicación de la circunstancia agravante prevista en el numeral 5 del artículo 47 del COIP. El Tribunal aplicó esa disposición al establecer que el delito fue cometido por dos personas.
#BoletínFGE | #Orellana: Alcides Rodolfo M. V. y José Bolívar K. T. son sentenciados a 29 años de prisión por #Violación. #FiscalíaEc demostró su autoría y responsabilidad en el delito cometido en enero de 2024.
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) July 8, 2026
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