Tras la reciente actualización de las medidas de bioseguridad en Ecuador, mucho se habla de la eliminación del uso de la mascarilla tanto en zonas exteriores como en interiores. Sin embargo, las resoluciones tomadas el jueves 28 de abril abordan ciertas limitantes en este tema.
Esta medida se tomó basada en el informe epidemiológico emitido por el Ministerio de Salud Pública que refleja el control de la pandemia en el país gracias al proceso de vacunación y a las estrategias de contención implementadas.
El informe detalla que se redujó la cifra de fallecidos de acuerdo al siguiente histórico: abril 2020 superó los 15 000 fallecimientos; el mismo mes en 2021 superó los 5 000 y hasta abril de 2022 la estadística no supera las 250 personas fallecidad.
Además, se detaca que el plan de vacunación registra que más del 82% de la población cuenta con el esquema completo de dos dosis. Y la tasa de positividad se ha mantenido por cuatro semanasn en el 5% a nivel nacional.
Pese a la eliminación del uso de la mascarilla dentro del territorio nacional, existen algunas excepciones que se deberán cumplir.
Espacios de hospitales y centros de salud
El uso de la mascarilla en espacios cerrados continuará siendo obligatorio para el caso de centros de salud, hospitales, y establecimientos de salud, tanto para el personal que trabaja en estos, como para pacientes y visitantes
Estado de salud
El uso de mascarillas en espacios cerrados y abiertos será obligatorio para personas que presenten sintomatología respiratoria.
También se recomienda utilizar mascarilla en lugares cerrados y abiertos a las personas con condiciones agravantes y en condiciones de vulnerabilidad.
Medios de transporte masivo
La resolución del COE Nacional recomienda el uso de la mascarilla en lugares cerrados tales como el transporte público, transporte aéreo, aulas de planteles educativos de todos los niveles y espacios laborales.
Certificados de vacunación
Se mantiene vigente la disposición de presentar el certificado de vacunación con esquema completo para acceder a actividades no esenciales de conformidad con la norma técnica emitida por la autoridad sanitaria.