El presidente Guillermo Lasso decretó la muerte cruzada, descrita en el artículo 148 de la Constitución.
Constitución define al Ecuador como ”un Estado constitucional de derechos ... unitario”. Le contamos si hay la posibilidad de un modelo federalista.
En Puerto Alegre, Otavalo, aplicaron justicia indígena a tres personas por robo. Advierten con endurecer los castigos si agresiones persisten.
Violentos incidentes que terminaron este viernes 31 de marzo de 2017 en un incendio en el edificio del Congreso de Paraguay llevaron al presidente de la Cámara de Diputados a suspender una sesión convocada para el sábado destinada a aprobar una enmienda constitucional que permita la reelección presidencial.
Este proceso que implementó el correísmo hace un año, para que la reelección presidencial fuera vitalicia, y que aceleradamente logró obtener dictamen favorable de la Corte Constitucional, como que hubiere sido necesario, o mejor aún, para que se la considerara sacramentada como la primera de las 16 enmiendas, inició su camino en violación directa del numeral 2 del art. 144. Este incluye pocas palabras: “La Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez”, porque no solamente ya excedió los ocho años en el poder, sino que cubrirá casi tres veces este mandato, porque al 2017 cumplirá el largo y privilegiado tiempo de 11 años y medio.
La Constitución de Montecristi, que ahora se busca reformar, nació con un espíritu garantista y amplió las acciones que pueden tomar los ciudadanos contra el Estado.