En Ecuador los femicidios van en aumento desde el 2014, cuando este delito entró en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Ilustración: Pwrdf.org
El delito de femicidio está en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano desde el año 2014. Casi una década después, el registro de casos muestra que no se comprende cómo funcionan las relaciones de poder, que terminan con la vida de las mujeres por la violencia machista. Apenas desde el 2021, el país cuenta con un protocolo de investigación que se está socializando con los operadores de justicia. De estos depende la construcción de los casos y es importante que no confundan el femicidio con otros tipos penales. Este problema lo viven las familias de mujeres a las que la violencia de género les arrebató la vida; también lo plantean los análisis feministas y el Consejo de la Judicatura corrobora que hace falta trabajar más con los fiscales para que reconozcan como femicidios todas las muertes de mujeres por razones desiguales género. Lo que queda claro es que el femicidio va en escalada, tal como lo muestran las cifras que reportan el Estado y las organizaciones de mujeres de la sociedad civil.
Por: Yadira Trujillo Mina
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El sueño de Nicky era ser paramédica. Y, de acuerdo con el testimonio de su madre, los que pudieron haber sido sus futuros colegas creyeron tener el poder sobre su cuerpo y su vida, al punto de acabar con ella en el 2018. Mónica Jiménez relata cada detalle como toda una profesional en materia judicial: una fiscal llegó al levantamiento del cadáver y estuvo frente a frente con los agresores. Presenció la escena del crimen, vio el cadáver.
Se le notificó que las prendas íntimas de la víctima no se encontraron, que tres sujetos admitían haber tenido relaciones sexuales con la víctima, que la escena se modificó, que el cuerpo fue limpiado con alcohol y que se planeó sacar el cadáver de la casa y usar una ambulancia de los bomberos para botarlo en otro lugar.
Pese a todo eso, la fiscal no dictó flagrancia y envió el caso a una unidad administrativa. Para Mónica, eso implica que la muerte de su hija se iba a tratar como un caso en el que dos vecinas se pelean por el árbol que sobrepasa los linderos de sus propiedades, en lugar de investigarla como un delito.
El último 14 de junio se declaró inocente a la “manada” integrada por bomberos, un policía y otros, exceptuando a uno. El delito que se trata en este caso es el de violación grupal con causa de muerte, pese a tener las características de femicidio.
Mónica Jiménez lleva cuatro años buscando justicia para su hija Nicole (Nicky). Su caso se trata como violación grupal con causa de muerte, por lo que no consta en las estadísticas oficiales de femicidio. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
En la escena con la que se topó la fiscal aquel 7 de noviembre del 2018, ¿qué hacía falta para decir que era un femicidio? El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) dice que este delito aplica para la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género.
En el artículo 142 consta que hay circunstancias agravantessi el femicida pretendía tener o retomar una relación de pareja o de intimidad con la víctima; si entre ambos hubo relaciones familiares, conyugales, laborales o escolares; si existió convivencia, intimidad, noviazgo, amistad o, como en el caso de Nicky, si había compañerismo. El COIP menciona esto, o cualquier otro vínculo que implique confianza, subordinación o superioridad.
Desde noviembre del 2021, Ecuador cuenta con el Protocolo Nacional para Investigar Femicidios y otras Muertes Violentas de Mujeres y Niñas. Este tiene como base al Protocolo Latinoamericano.
| Relaciones de poder: acciones, omisiones y prácticas sociales, políticas, económicas, culturales o simbólicas que determinan la imposición de la voluntad de una persona o grupo por sobre la de otro, desde una relación de dominación o subordinación, que implica la distribución asimétrica del poder y el acceso y control a los recursos materiales e inmateriales entre hombres y mujeres. Se pueden dar entre personas conocidas y desconocidas. |
| Violencia de género: es un tipo de violencia sociocultural, resultado de la discriminación estructural a la que han sido sometidas las mujeres y niñas históricamente, y que tiene graves consecuencias sobre el ejercicio pleno de los derechos humanos. |
De acuerdo con el Protocolo, en los casos de muertes violentas de mujeres y niñas, se debe presumir, en todos los supuestos, que se trata de un femicidio, incluido el suicidio. Los contextos femicidas establecidos no solo son íntimos, familiares y sexuales, sino también de grupo y otros que incluyen todos los supuestos por razones de género. Significa que no necesariamente debe existir un vínculo familiar o afectivo previo, ni un ataque sexual.
El Protocolo señala modalidades de femicidio,
- íntimo;
- familiar;
- sexual;
- en situaciones de prostitución o por ocupaciones estigmatizadas;
- en situaciones de trata de personas y de tráfico de personas en movilidad humana;
- transfemicidio;
- lesbofóbico;
- étnico o racista;
- por prácticas nocivas en las que se considera a las mujeres y niñas inferiores a los hombres y niños
Pese a que muchas de estas circunstancias coinciden con el relato de Mónica sobre la muerte de su hija Nicky, su caso no es parte de las cifras de femicidio del Estado ecuatoriano. Pero sí es parte de las estadísticas que manejan las organizaciones de la sociedad civil.
Por un lado, Alianza Feminista para el Mapeo de los Femi(ni)cidios en Ecuador registra 1 152 muertes violentas de mujeres por razones de género desde el 2014 hasta el 31 de mayo de este 2022. Por otro, el Consejo de la Judicatura muestra 567 casos entre el 2014 y el 10 de julio pasado.
De acuerdo con el primero registro, desde la tipificación del delito, el 2021 fue el año más violento con el 17% del total de casos en el país. Por otro lado, los datos del Estado ponen al 2017 como el que más casos dejó, con el 17,6% de muertes de mujeres. En ambos casos, la curva de crecimiento tiene un pico en el 2017 y un descenso —del 58 y 66%— en el año siguiente. Sin embargo, los femicidios que el Estado reportó en el 2021 representan apenas el 36% del alarmante pico que registró la sociedad civil en ese año.
La Alianza Mapeo registra todos los casos en los que se manifiestan signos de saña y odio contra las mujeres. Cuerpos femeninos acribillados con 10 balazos en la cabeza, violados, abandonados luego en la vía pública son típicos de la violencia misógina, explica Geraldine Guerra, representante de las organizaciones. Para la elaboración de su registro también se basan en el protocolo de la Fiscalía y en el latinoamericano.
Desde el 2021, las organizaciones identifican nuevos tipos de femicidio como el que tiene origen en la delincuencia organizada. Hay un incremento de muertes violentas de mujeres por conflictos entre bandas. Entre enero y mayo de este año, 60 de los 118 casos registrados corresponden a este tipo. La Alianza Mapeo considera que esos casos que el Estado trata como sicariato presentan aquellos signos de odio sobre los cuerpos de las mujeres.
Guerra asegura que tras muchas muertes violentas de mujeres que se registran como sicariato está la pareja o expareja, que contrata sicarios para acabar con la vida de la mujer. Por lo que estos casos deberían registrarse como femicidios. Lo mismo ocurre con la violación con muerte. “Esas son relaciones de poder”, afirma Guerra.
Este año, la Alianza Mapeo también se ocupa de los que se conocen como femicidios por violencia vicaria. Esta figura se refiere al daño que se hace a un ser querido para ejercer violencia sobre las mujeres.
Los principales problemas, a decir de Guerra, se dan por omisiones en el momento posterior al femicidio, en el levantamiento de los cadáveres. Menciona la toma de pruebas, la preservación de escenas y la debida diligencia, que incluye la aplicación del Protocolo Nacional. Todo lo que la madre de Nicky reclama que no se hizo.
Con esa madre, Guerra coincide en que el problema son los operadores de justicia, que tienen una visión sesgada y estereotipada. Existen funcionarios que no reconocen la violencia de género y normalizan situaciones de violencia como el maltrato de un hombre hacia una mujer, sobre todo si es en contexto de pareja. Es ese maltrato el que escala hasta acabar con la vida de las mujeres. A esto se suma la falta de conocimiento sobre los tipos de femicidio.
Un análisis de sentencias relativas a muertes violentas de mujeres ocurridas en el 2016 da cuenta de una falta de enfoque de género en la práctica de los operadores de justicia. Este se encuentra en el segundo volumen de La Respuesta Judicial del Femicidio en Ecuador, financiado por la Unión Europea y realizado por Taller de Comunicación Mujer y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos.
El de Génesis, de 20 años, es uno de 45 casos del 2016. Ella murió el 12 de abril de ese año. Se descartó el delito de femicidio por “falta de prueba” y se sustituyó por el de asesinato, con dos agravantes: alevosía y ensañamiento. Llama la atención el argumento del operador de justicia, que quedó registrado en este caso que no consta en las cifras oficiales.
Se hace referencia a un “homicidio pasional”, en el que el asesino causa numerosas heridas a la víctima porque está “cegado por su pasión”. Además se menciona que esta es una manifestación de amor, despecho, ira o celos “en su forma brutal”. Incluso, la misma argumentación señala que se demostró la relación sentimental entre la víctima y el procesado.
No es todo. También quedó registrado que los 23 cortes realizados por el acusado sobre la mujer fueron “objetivamente desmedidos para causar su muerte”.
El análisis realizado manifiesta preocupación frente al hecho de que se use la categoría de homicidio pasional. Además de no figurar en el COIP, las autoras dejan claro que se oculta el uso intencional de la violencia por parte del hombre para poner término a la vida de la víctima.
Solanda Goyes, directora nacional de Acceso a los Servicios de Justicia del Consejo de la Judicatura, reconoce que Ecuador todavía se encuentra en un proceso de aprendizaje, desde que el delito se tipificó, y que aún no hay claridad sobre cuáles son los elementos para que un femicidio sea considerado como tal.
Lo dicho implica que recién se está cambiando la mirada con respecto al género. Los operadores de justicia están obligados a comprenderlo, estudiarlo y profundizarlo para evitar esas ligerezas que permean las instituciones del Estado. “Esa es una obligación que tenemos: irlo cambiando poco a poco”, señala Goyes.
Hace falta trabajo, a decir de la funcionaria, para que los fiscales desarrollen mayor habilidad en la detección de casos y para que apliquen el protocolo que está vigente. Son ellos los primeros que conocen los casos y quienes tienen la responsabilidad de que se trate como femicidio y no como otros tipos penales. Goyes considera que el país no se encuentra muy lejos de lograrlo.
La Fiscalía General del Estado (FGE) tiene claro el concepto del delito. Juana Fernández, experta en género de la institución, dice que el femicidio muestra costumbres que están arraigadas en la sociedad. Por ello, para investigar un caso, se debe identificar que el hombre ejerce su poder sobre la mujer. La mujer es discriminada, vista como inferior, por el hecho de ser mujer. El análisis que debe hacer un agente fiscal en un caso debe tener esta mirada.
La Fiscalía realiza procesos de sensibilización sobre el Protocolo con el apoyo de la sociedad civil. Por ejemplo, en un proceso formativo incorporaron la herramienta Flores en el Aire de la iniciativa Spotlight. Esta es una cartografía social para la construcción de memoria de las familias de víctimas de femicidio. La experta en Género de la Fiscalía afirma que esto genera en el agente fiscal una especie de choque para que no olvide la sensibilidad.
La agente fiscal de lo penal del Guayas, Yoli Pinillo, explica que para investigar un caso como femicidio este debe reunir los elementos del tipo penal. Entonces, mientras que para demostrar un asesinato no se necesita nada más que tener a una persona que mató a otra, para evidenciar que hubo femicidio hay que mostrar razones de género.
Para lograrlo, Pinillo señala que se debe retroceder en el tiempo para saber, por ejemplo, cómo era la relación de la pareja. Eso implica investigar el entorno social de la víctima y el sospechoso: amistades, vecinos, familiares, que puedan dar un contexto de qué es lo que estaban viviendo.
La fiscal recuerda un caso en el que la víctima nunca había denunciado. Sus amigas y familiares relataron que ella siempre decía que quería cuidar su matrimonio y la imagen de pareja. El femicida era una persona, a la vista de todos, tranquila y normal, que no se metía con nadie. Pero puertas adentro era otra persona: la agredía permanentemente. Solo dos personas lo supieron por parte de la víctima.
Así, la Fiscalía constata que existe una persona agresora, lo cual es confirmado incluso por los hijos. Esta información es fundamental para determinar que, efectivamente, hubo esa relación de poder a la que hace referencia el tipo penal.
En el caso de que no se trate de una pareja o expareja, a través de una pericia psicológica, los agentes analizan si en los rasgos de personalidad del femicida aparece una conducta misógina. Por ejemplo, si manifiesta discriminación hacia una mujer por ser mujer, diciendo que las mujeres no sirven para ciertas cosas, que no pueden ocupar ciertos cargos, etc.
Si la investigación determina que no hay esa subordinación o relación de poder y se concluye que el caso no reúne las condiciones del tipo penal, se cambia o se reformula. “Si no tengo suficientes elementos para configurar el tipo penal del femicidio, tengo la otra alternativa que es el delito de asesinato”, señala Pinillo.
Para esta investigación se consultó con una profesional que pidió la reserva de su nombre. Ella ha participado como perito en casos de femicidio y aseguró que, frente a la imposibilidad de demostrar el tipo penal ante un tribunal, los funcionarios del Estado optan por cambiar el tipo penal a asesinato para que el femicida pueda ser juzgado y no quede en libertad.
Consultada sobre este asunto, Pinillo manifestó que como fiscales no pueden hacer interpretaciones de la norma porque el caso tiene que reunir, de forma milimétrica, los elementos del tipo penal. Pero también dijo que debe existir una causa probable, con la que puedan demostrar el delito ante un tribunal y destruir el estado de inocencia del agresor. “Lo importante es que esa vulneración de derechos sea como femicidio o como asesinato, no quede en la impunidad”, añadió Pinillo.
De acuerdo con el Protocolo Nacional, la diferencia entre el femicidio y otras muertes violentas de carácter homicida radica en que el primer delito está determinado por razones de género. El documento, además, reconoce que el COIP contiene otros delitos que pueden contener razones de género.
Si existe sospecha de alguno de esos delitos, los agentes fiscales deberán investigar posibles razones de género y valorar la formulación o reformulación de cargos por el tipo penal femicidio para asegurar los derechos de las víctimas.
Goyes, del Consejo de la Judicatura, explica que su sistema registra un caso cuando un fiscal lo conoce e inicia una investigación con la denominación de femicidio. Esto supone la configuración de los elementos que la legislación establece para ese delito. Esta es una situación que está en manos de los fiscales. La funcionaria lamenta que, en la sociedad, a mucha gente todavía le cueste entender lo que son las relaciones desiguales de género. Por esta razón, la Judicatura vio la necesidad de recabar toda la información para evidenciar el nivel de violencia extrema hacia las mujeres, que termina con su muerte. Además de femicidios, se registran asesinatos, homicidios, robos con muerte, violaciones con muerte, sicariatos, abandonos de personas y secuestros.
Desde que la Judicatura empezó a registrar el femicidio, los casos van en aumento, al igual que el porcentaje de ellos con respecto al resto de muertes violentas de mujeres. Las cifras aumentaron de 25 casos en el 2014 a 70 en el 2021. En los dos primeros años, el asesinato fue la primera causa de muerte violenta. Durante los siguientes cuatro años pasó al segundo lugar, por debajo del femicidio.
El COIP habla de relaciones de poder para determinar un femicidio. Para Goyes, ese concepto es claro, por ejemplo, en un caso de violación con muerte, por lo que debería ser considerado como femicidio.
Si se considera el total de muertes violentas de mujeres que registra la Judicatura entre el 10 de agosto del 2014 y el 17 de julio del 2022, el número de casos supera incluso la cifra de femicidios registrados por las organizaciones de la sociedad civil.
Para Goyes, el objetivo no debe ser la equiparación de los datos. Considera que el movimiento de mujeres registra los casos desde una perspectiva sociológica, mientras que al Estado le corresponde hacerlo desde un punto de vista jurídico. Esto significa que se debe levantar un caso, investigarlo, probarlo, demostrarlo y sancionarlo.
Sin embargo, sí reconoce que hace falta trabajar con los fiscales y jueces, con el fin de identificar todos los casos en los que existan relaciones de poder desiguales, de género, y que den como resultado la muerte de una mujer.
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Desde la muerte de Nicky, parte de la vida de Mónica ha consistido en ir tras la pista de la “manada” y reconstruir lo que pasó ese 7 de noviembre, de hace casi cuatro años. De esta manera, las madres y hermanas de las víctimas se convierten en investigadoras.
Slendy Cifuentes no olvida una frase que los agentes de la Policía le dijeron cuando el exnovio de su hermana Johana, de 19 años, la mató en el 2006: “Tiene que darnos todo masticadito”. Se referían a que no podían vigilar la casa de los papás del femicida por si él llegaba. Le dijeron que no tenían recursos, así que cualquier información de la familia de la víctima debía ser concreta.
El padre de Johana se quedó sin trabajo en su intento de buscar justicia durante el primer año. Tuvieron que pasar 10 años para que el femicida pagara por su crimen. Esto fue posible gracias a que Slendy no soportó la impunidad. Tras haberse dado por vencidos, un día decidió buscarlo en Facebook y halló su perfil. A partir de ahí, ella hizo tareas de funcionaria pública, aun sin serlo.
Con apoyo de otras mujeres ingresó un oficio a la Fiscalía para pedir que se investigara esa cuenta en la red social. Esa institución le dijo que el perfil podía ser falso y le recordó que ya se había hecho todo lo que se pudo, pero ella insistió en que no era así porque, de lo contrario, el femicida estaría detenido.
En ese entonces, a diferencia del resto de familiares, Slendy estaba desempleada, así que decidieron que ella se pondría al frente del caso. El proceso legal de su hermana se convirtió en su trabajo. Salía en la mañana y, luego de buscar documentos en los archivos, sacar copias certificadas, hacer firmar a los funcionarios y realizar otras labores, concluía al final del día. En ese camino, que duró dos años, experimentó el dolor causado por negligencias y falta de empatía.
Slendy admite que más de una vez estuvo a punto de darse por vencida, pero decidió persistir. Gracias a su trabajo se determinó que la cuenta del femicida existía y que él estaba en Caracas. Era un ciudadano venezolano, con trabajo y seguridad social. Así que tenía derechos y eso implicó un nuevo proceso para que ese país permitiera su regreso a Ecuador, a rendir cuentas ante la justicia.
En el 2016, ya en el país, un tribunal de mujeres lo declaró culpable por asesinato. La muerte violenta ocurrió en el 2006, cuando el femicidio no constaba en la ley ecuatoriana. Sin embargo, Slendy recuerda que en la sentencia de su hermana hay una aclaración en la que se señala que se trata de un caso de femicidio.
Slendy Cifuentes consiguió justicia para su hermana Johana 10 años después. Su caso no consta en las estadísticas de femicidio, ya que ocurrió antes de la tipificación del delito en Ecuador, pero la condena se dio cuando ya existía, por lo que en este caso se aclaró que se trata de un femicidio. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO Sentada en un banco, detrás de una vitrina con golosinas, Slendy cuenta que, tras lograr que se hiciera justicia en el caso de su hermana, sintió que volvió a nacer. Por eso nombraron de esa manera al minimarket que ahora atiende con su madre, en el sur de Quito. Con la paz en su vida, pudo resignarse a la ausencia de “La Joha”, como la recuerda.
Aunque la sentencia de Johana incluía una reparación económica, Slendy está convencida de que eso nunca llegará porque es el femicida quien debe pagarla. Así que el emprendimiento lo levantaron con un fondo entregado por la Embajada de Francia a cuatro familias de víctimas. Para los padres de Johana ese negocio representa la ayuda económica que ella siempre anheló darles. Ahora es la fuente de ingreso familiar y, además, un espacio para informar sobre cómo prevenir la violencia de género y dónde buscar ayuda.
Slendy aprendió que su valentía no tiene límites. Aunque cree que la justicia no llega por sí sola, está segura de que hay que conseguirla con dignidad y que no hay que resignarse. Por eso, a las víctimas de violencia de género, les dice que no están solas.
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Pese a la diferencia que existe entre las cifras de femicidios que reporta el Estado y la sociedad civil ecuatorianos, ambos registros coinciden en que Guayas, Pichincha y Manabí son —en ese orden— los sitios más violentos para las mujeres en el país.
De los casos que registra el Consejo de la Judicatura, el 19, 16 y 10% de femicidios están en esas provincias, respectivamente. Según la Alianza Mapeo, esos puntos del país concentran el 25, 15 y 9% de casos.
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Lo que Slendy vivió desde antes de la tipificación del femicidio no cambió hasta el año de entrada del delito en el COIP. Lo confirma la historia de Angie, que en el 2014, a sus 19 años, fue violentamente asesinada por su exnovio. Su madre, Yadira Labanda, tenía su propia bitácora de investigación en un cuaderno.
El caso de Angie tampoco está en las estadísticas de femicidio. Ocurrió meses antes de la entrada en vigencia del delito, pero a Yadira ya no le importa si consta o no, le basta con saber que fue un femicidio, algo que no sabía qué significaba hasta que su hija se convirtió en una víctima más.
Dos días antes de su desaparición, en una llamada puesta en altavoz, Yadira escuchó la obsesión con la que el exnovio de su hija le presionaba para retomar su relación. El 28 de enero del 2014, Angie salió a la universidad y no volvió. Estuvo desaparecida durante dos años y medio. Luego de ese tiempo encontraron su cuerpo.
Yadira coincide con Slendy en que, sin sus gestiones, no se habría conocido la verdad sobre el caso de su hija. Iba todos los días a la Fiscalía, segura de que en cada visita se enfrentaría a un nuevo argumento que pondría en duda la condición de víctima de su hija. Cada día también llegaba preguntándose cuál sería la nueva acusación que harían sobre Angie para responsabilizarla de su propia muerte.
Lo primero que sintió fue la misma falta de empatía que otras familias. Yadira contó que su hija no había vuelto a casa y no le dieron importancia a su denuncia, alegando que, entre montones de casos, es común que las jovencitas causen sustos a sus familias para irse con el novio o de fiesta. Por eso se reconoce en otras madres que han pasado lo mismo, que no han sido escuchadas de una forma más solidaria ni les han informado sobre la ruta de atención para poner una denuncia.
Yadira se dio cuenta de que varios juicios de valor se convertían en argumentos durante la reconstrucción de los hechos. La apariencia física “normal” del femicida fue uno de ellos. El desempeño académico del joven fue otro motivo de duda, ya que tenía buenas calificaciones. También se juzgó la vida familiar: Yadira estaba separada, mientras que la familia del femicida era “normal”, con padre y madre juntos, además, practicaban la religión cristiana.
Era desgastante, cuenta, pero además desesperante, por ejemplo, lidiar no solo con las palabras, sino también con las acciones.
El femicida de Angie negó toda acusación e incluso trató de entorpecer las investigaciones al usar las redes sociales de la joven después de matarla, haciendo parecer que ella las estaba manejando mientras estaba desaparecida. Pero el 4 de mayo del 2016 confesó, no solo que era él quien mantenía actividad en esas cuentas, sino que dio detalles sobre la forma violenta en que la mató y dónde estaba su cuerpo. Incluso alegó que Angie se merecía lo que él le hizo.
Cuando encontraron el cuerpo de Angie el caso se empezó a tratar como un femicidio, pero el perpetrador apeló porque la sentencia no fue correcta, ya que el COIP entró en vigencia meses después del violento asesinato. Yadira estaba a punto de darse por vencida, pero le explicaron que el femicida podía quedar libre, al no haber una sentencia en firme.
Como madre, admite que le costaba comprender el tema legal y solo se preguntaba cómo la justicia puede dar pie a la libertad de un femicida. Pero se mantuvo en la lucha y, con la ayuda de abogadas feministas, redactó y presentó todos los oficios necesarios hasta lograr la sentencia de 26 años por asesinato.
En este caso, también le dejaron claro a la madre de Angie que fue un femicidio, aunque no se pudo condenar como tal. No le importa. Cree que los cuerpos de las mujeres no deben reducirse a frías estadísticas. “Tiene que ser un número alto para que se haga política pública, para que se pueda hacer algo”, afirma Yadira.
Yadira Labanda buscó a su hija Angie durante dos años, luego de que desapareció en el 2014; el caso tampoco fue registrado como femicidio porque ocurrió meses antes de la entrada en vigencia del delito. Foto: Cortesía Esta madre decidió sanar. Ella también presentó su proyecto de cafetería y ganó el fondo de la Embajada de Francia. Nuestro Lugar Violeta es un símbolo de memoria, pues a ella le gusta la cocina y a Angie le encantaba todo lo que su mamá preparaba. Ahí las víctimas encuentran folletos informativos y apoyo.
Yadira aprendió a no ser confiada. En su lucha, conoció a otras familias y organizaciones, a través de las que se dio cuenta de la situación que viven las mujeres. Reconoció que todas, en algún momento de su vida, han sufrido violencia machista y que esta mata. Tuvo que leer mucho porque no entendía lo que era la violencia de género. Se sentía culpable, pero ahora está segura de que la culpa es de una sociedad que todavía justifica la violencia.
Todo el dolor, esta madre lo transformó en fortaleza. Está convencida de que el perdón ha sido fundamental para que su vida y la de sus hijos siga con tranquilidad. Pero no quiere alejarse de la lucha contra la violencia. Ahora estudia Derecho y así espera darle un nuevo sentido a su vida, a través de la de Angie, que fue arrebatada por la violencia femicida.
Slendy, Yadira y Mónica no tenían la más remota idea de lo que era la violencia de género hasta que, de golpe, se toparon frente a frente con ella. Ellas entendieron de qué se trata y ahora se lo explican a otras mujeres. También abren el camino a madres de nuevas víctimas de femicidio que comienzan su lucha por justicia sin rumbo fijo.
Hoy, contar con un Protocolo Nacional para que los operadores de justicia actúen en casos como los que atravesaron sus hijas les da esperanza de un cambio futuro a estas tres mujeres, también víctimas del femicidio.
Este artículo hace parte de la serie de publicaciones que son el resultado del programa de becas del proyecto DesenreDatos, implementado por la DW Akademie, en el marco del programa Ecuador Sincero de la Cooperación Alemana GIZ, con el apoyo de la Universidad de las Américas (UDLA).