Los medios de comunicación nos dan cuenta de la última reforma realizada por el Concejo Metropolitano al presupuesto del Municipio de Quito correspondiente al presente ejercicio económico y nos informan que las partidas presupuestarias no utilizadas por deficiencia de varias secretarías, administración general y otras dependencias, han sido traspasadas al Patronato Municipal.
Al margen de la labor que esté desempeñando esta institución, no es correcto que solo el Cabildo quiteño no haya dado cumplimiento al Art. 62 de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 166, del 21 de enero de 2014; es decir, hace 22 meses, mediante el cual al reformar la disposición octava se dispone que: “En el plazo de 1 año contado desde la fecha de publicación de esta ley, los patronatos pertenecientes a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, metropolitanos y municipales deberán extinguirse”, o lo que es lo mismo eliminarse.
Nos preguntamos qué corona tiene el Municipio de Quito para no acatar y cumplir con esta disposición legal y continuar manteniendo la figura eliminada del patronato y aprobar y disponer que aquellos recursos no utilizados se traspasen al Patronato, sin considerar la situación de la deuda que se tiene con cientos de quiteños que permanecen impagos de los terrenos que les fueron expropiados desde hace más de 20 años y no se les cancela, no obstante las administraciones que han pasado por el Municipio capitalino, y que supera los USD 100 millones, cuando las obras ya han sido ejecutadas. Primero es lo primero: sanear las deudas con sus habitantes, a quienes el Municipio les ha irrogado perjuicios.