Trámites para la solicitud de créditos se simplifican en el Ministerio de Agricultura

La obtención del certificado de no afectación, documento imprescindible para la solicitud de créditos en la banca pública, será a través de correo electrónico. Foto:  Cortesía Ministerio de Agricultura y Ganadería

La obtención del certificado de no afectación, documento imprescindible para la solicitud de créditos en la banca pública, será a través de correo electrónico. Foto: Cortesía Ministerio de Agricultura y Ganadería

La obtención del certificado de no afectación, documento imprescindible para la solicitud de créditos en la banca pública, será a través de correo electrónico. Foto: Cortesía Ministerio de Agricultura y Ganadería

El proceso de obtención del certificado de no afectación, documento imprescindible para la solicitud de créditos en la banca pública, fue simplificado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). El objetivo: facilitar el acceso a los servicios financieros para los productores.

De ahora en más, la entrega del documento será a través de correo electrónico para reducir la espera, que antes era de dos meses, a 12 días, aproximadamente, ofreció Juan Antonio López, titular de la Subsecretaria de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales del MAG.

El certificado de no afectación es necesario para validar que un terreno o un predio que se hipoteca o sea garantía ante la banca, no esté inmerso en litigios como una reversión o nulidad de adjudicación, expropiación en segunda instancia, o cualquier otro procedimiento administrativo que afecte la propiedad.

Para acceder a este servicio, los usuarios pueden ingresar a la página gob.ec. Ir al link Instituciones, buscar en el listado al Ministerio de Agricultura y Ganadería y ahí, a la izquierda de la pantalla, verá los nombres de los trámites que se pueden hacer en línea. Busque aquellos que dicen "Certificación de no afectación..." y busque el caso que corresponda. Hay para comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades; para organizaciones campesinas; para personas naturales y para personas jurídicas.

La solicitud se envía digitalmente, al igual que los documentos que se requieren; también se incorpora el uso de firma electrónica del funcionario responsable y se retoma la figura de fedatario, entre otros cambios.

La vigencia del documento es de 60 días a partir de su emisión. Antes, el procedimiento era totalmente manual, la documentación debía ser entregada físicamente en las oficinas distritales del Ministerio y de allí viajaban a Quito para que el trámite siguiera su curso. Aquello “era un motivo de demora que incomodaba a los usuarios”, indicó el Subsecretario.

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