La declaratoria de emergencia sanitaria en Ecuador obligó a que las empresas apliquen el teletrabajo. Foto: Diego Pallero/ Archivo / EL COMERCIO.
El fin del estado de excepción, que se producirá este 13 de septiembre del 2020, no implicará la suspensión de la modalidad de teletrabajo en las empresas. Esto debido a que la crisis sanitaria decretada por el Gobierno a propósito de la pandemia de covid-19 no ha terminado, precisó Juan Zapata, director general del ECU 911 e integrante del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional.
Según el acuerdo ministerial del Ministerio de Trabajo No. MDT-2020–076, emitido en marzo pasado, la terminación del teletrabajo emergente se puede dar por acuerdo entre las partes o por la finalización de la declaratoria de emergencia sanitaria.
Zapata expresó que el COE nacional, que tiene previsto reunirse este 11 de septiembre del 2020, evaluará este tema -que es de carácter nacional- y definirá las resoluciones sobre cómo se seguirá aplicará la modalidad de teletrabajo en las empresas privadas y entidades públicas. “Lo que menos debemos hacer es pensar que el 13 de septiembre próximo, el Ecuador vuelve a la normalidad de enero y febrero pasado. Sería el peor error”.
El Ministerio de Trabajo expresó también que este 11 de septiembre esta entidad analizará en el COE nacional este tema y luego se emitirá una resolución.
Una vez que se establezcan las nuevas directrices en el ámbito laboral, las personas podrán llamar al 911 para alertar sobre posibles medidas que no se enmarquen dentro de lo dispuesto por el COE nacional, precisó Zapata.
Además, recordó que el fin del estado de excepción implicará que en el país ya no se restringa la libertad movilidad y de asociación. Es decir, no se podrá aplicar el toque de queda ni sancionar a las personas que organicen reuniones sociales. Sin embargo, se hará un llamado para mantener las medidas de bioseguridad y evitar el contagio de covid-19.