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Daniel Noboa formalizó el 15 de octubre de 2026 el toque de queda que regirá en cinco provincias durante noviembre. Con el Decreto Ejecutivo 519, el mandatario definió los territorios y el horario de la restricción que había anunciado un día antes durante una entrevista radial.
La disposición se suma a los tres períodos de restricción nocturna aplicados en marzo, mayo y septiembre de 2026. Las medidas tuvieron distintas coberturas territoriales y horarios. Los balances difundidos por las autoridades incluyen aprehensiones por incumplir la prohibición de circular, detenciones por otros delitos y decomisos durante los operativos.
El 13 de marzo, Noboa expidió el Decreto Ejecutivo 329 para restringir la circulación en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas. La disposición estableció un horario de 23:00 a 05:00, durante el período comprendido entre el 15 y el 30 de marzo.
El Ejecutivo incorporó la restricción al estado de excepción vigente. La última jornada nocturna comenzó a las 23:00 del 29 de marzo y terminó a las 05:00 del 30 de marzo.
Según el balance del Ministerio del Interior, con corte al 29 de marzo, las autoridades registraron 1.283 personas aprehendidas. El reporte corresponde a una fecha previa a la última madrugada de aplicación, por lo que no representa un consolidado definitivo de todo el período.
Entre los procedimientos documentados por la Policía consta la liberación de tres víctimas de secuestro en Los Ríos, el 18 de marzo. Durante esa intervención, ejecutada en la cuarta jornada del toque de queda, los agentes también recuperaron un camión.
El segundo período abarcó nueve provincias y cuatro cantones adicionales. Noboa lo oficializó mediante el Decreto Ejecutivo 370, emitido el 28 de abril, que reformó el Decreto 353 del estado de excepción.
Las provincias comprendidas fueron Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos. También se incorporaron los cantones La Maná, en Cotopaxi; Las Naves y Echeandía, en Bolívar; y La Troncal, en Cañar.
El balance del Ministerio del Interior difundido al cierre del período registró 5.023 personas detenidas. Según las autoridades, 717 estaban relacionadas con estructuras criminales. El reporte también contabilizó 378 allanamientos y 9,2 toneladas de droga decomisada durante el despliegue operativo.
Los informes provinciales de la Policía permiten distinguir los motivos de las detenciones. En Esmeraldas, la institución reportó 123 personas aprehendidas y detenidas durante el período completo. De ellas, 74 incumplieron el toque de queda y 49 tenían boletas de captura vigentes.
En Sucumbíos, el balance fue de 276 personas aprehendidas y detenidas. La Policía atribuyó 249 aprehensiones al incumplimiento de la restricción y las otras 27 a diferentes causas y boletas de captura. Estos resultados provinciales no deben sumarse al consolidado general, porque pueden estar comprendidos en ese total.
El 15 de septiembre, Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 498. La disposición estableció un toque de queda del 17 al 30 de septiembre, entre las 00:00 y las 05:00, en Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro.
La restricción tuvo una cobertura menor que el estado de excepción dispuesto en el mismo decreto. Mientras la prohibición de circular comprendió cuatro provincias, la declaratoria excepcional abarcó ocho provincias y tres cantones, con una vigencia de 60 días.
El balance del Bloque de Seguridad, del 17 al 26 de septiembre, registró 1.989 personas aprehendidas. De ese total, 559 correspondieron al incumplimiento del toque de queda y 1.430 a diferentes delitos. Ese corte no incluye las últimas jornadas de aplicación.
⟫ https://t.co/kWg7DdTYJv | 🚔 El toque de queda afectará a los ciudadanos de Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro https://t.co/y4HWw6qK8c
— El Comercio (@elcomerciocom) September 16, 2026
Para el período completo, la Policía publicó un reporte específico de Manabí. La institución informó de 65 personas aprehendidas, entre ellas 56 por incumplir la restricción y nueve por otros delitos en flagrancia. También registró 13 motocicletas y diez vehículos retenidos, además de dos armas de fuego decomisadas.
La última franja restringida terminó a las 05:00 del 30 de septiembre.
El toque de queda consiste en una restricción temporal de la libertad de tránsito en determinados territorios y horarios. Durante su aplicación, la población debe cumplir la prohibición de circular y las condiciones que establece el decreto correspondiente.
El artículo 165 de la Constitución faculta al presidente a suspender o limitar la libertad de tránsito durante un estado de excepción. El decreto debe concretar el alcance territorial y temporal de esa medida.
La declaratoria de un estado de excepción puede tener una duración y una cobertura distintas a las del toque de queda. Por eso, el fin de la restricción nocturna no implica necesariamente que termine el régimen excepcional, como ocurrió en septiembre.
El toque de queda previsto para noviembre ya cuenta con una disposición formal. Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 519 el 15 de octubre, en Manta, y reformó el artículo 4 del Decreto 498.
La restricción se aplicará del 1 al 10 de noviembre de 2026, entre las 00:00 y las 05:00, en El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos y Manabí. Esmeraldas se incorpora respecto de la medida de septiembre.
El decreto dispone que los controles consideren las circunstancias particulares de cada persona y las situaciones de necesidad o emergencia que justifiquen su desplazamiento. También establece garantías para la labor periodística, el monitoreo de la Defensoría del Pueblo y las actividades de funcionarios de organismos internacionales acreditados, bajo las condiciones de seguridad previstas.
Las autoridades deberán coordinar la continuidad de la administración de justicia, los servicios públicos y los sectores estratégicos, además de la movilidad necesaria para atender la emergencia por las lluvias.