El Consejo de la Judicatura (CJ) enviará un pedido de ampliación y aclaración a la Corte Constitucional (CC) luego de que ese organismo declarara inconstitucional el fondo del reglamento que se usó para evaluar a los jueces y conjueces de la Corte Nacional, en el 2019.
Luego de que se presente estos recursos legales, la CC tiene un plazo de ocho días para responder. Así lo establece la Ley Orgánica de Control Constitucional (Art. 94).
La ampliación y aclaración sirve para esclarecer aspectos de la sentencia que no se detallaron o están redactados de forma confusa. Sin embargo, no modifica el fallo. De hecho, las sentencias constitucionales son de inmediato cumplimiento pese a que se interpongan este tipo de recursos.
El fallo de la CC señala que la evaluación a los magistrados, que arrancó en febrero del 2019, no se realizó al momento de la renovación parcial de la Corte Nacional cada tres años. “Se evidencia una vulneración a la seguridad jurídica de los evaluados, quienes no tuvieron certeza respecto al momento en que este proceso se iba a llevar a cabo”.
La Judicatura se pronunció al respecto a través de un comunicado. La entidad explicó que la evaluación al alto Tribunal se ejecutó tras el exhorto que realizó el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio, el 23 de enero de 2019. En una resolución, ese organismo indicó que la evaluación debía realizarse inmediatamente.
Además, el CJ indicó que “el pronunciamiento de la Corte Constitucional ratifica la legitimidad, constitucionalidad y resultados de la evaluación realizada en 2019 a juezas y jueces de la Corte Nacional”.
La principal consecuencia del fallo de la CC es que el Estado deberá indemnizar a los magistrados que fueron removidos.
“Se dispone que la jurisdicción contencioso-administrativa ejerza el mecanismo de reparación correspondiente, respecto a los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia, que pudieren creerse afectados en sus derechos, sin que esto signifique que puedan ser reintegrados”, menciona la sentencia de 80 páginas.
El cálculo del monto de reparación se realizará en base a la remuneración percibida al momento de la remoción y al tiempo que le faltaba a cada magistrado para cumplir tres años en funciones.
“Para determinar la reparación, los jueces de lo contencioso administrativo deberán tomar en cuenta la remuneración percibida al momento de la remoción y al tiempo que le faltaba a cada reclamante para cumplir tres años en funciones, desde su designación”.
El 15 de noviembre del 2019, la Judicatura confirmó que 23 de 36 jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia fueron removidos por no alcanzar el puntaje mínimo de 80/100 para superar la evaluación.
Richard Villagómez, era conjuez de la Sala Penal y fue removido durante esa evaluación. Él dijo a este Diario que la sentencia de la CC es “ambigua”, pues no especifica si todos los magistrados que fueron removidos podrán acceder a la indemnización o solo algunos.
Por eso, él y Rómulo Velasteguí, otro juez removido, enviaron ayer (28 de diciembre del 2021) al edificio de la Corte Constitucional una solicitud de ampliación y aclaración
Con ese pedido, los exmagistrados también buscan que se esclarezca como se realizará el cálculo del monto de reparación en relación con los años que laboraron en la Corte Nacional.
Otros exjueces indicaron que en los próximos días analizarán el contenido del fallo y decidirán qué acciones judiciales emprenderán.