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El toque de queda regirá en varias provincias de Ecuador desde el 3 hasta el 18 de mayo de 2026, con un horario establecido de 23:00 a 05:00. Esta medida, parte del estado de excepción, limita la circulación nocturna y busca garantizar la seguridad pública.
A diferencia de lo que muchos podrían pensar, no existe salvoconducto para circular durante el toque de queda. El Decreto Ejecutivo No. 370 no contempla la emisión de salvoconductos ni permite un trámite previo para obtener autorización para movilizarse. En lugar de ello, se implementa un esquema de control directo en la vía pública.
Las autoridades evaluarán cada caso individualmente. Esto significa que la verificación se realizará según la situación particular de cada persona que intente circular durante el toque de queda. Por lo tanto, es crucial estar preparado para justificar cualquier desplazamiento.
A pesar de las restricciones, hay casos específicos en los que se permite la circulación. El decreto incluye a:
Además, se admite la movilización en situaciones urgentes. En estos casos, la persona debe:
El control en vía pública será realizado por Policía, Fuerzas Armadas y agentes de tránsito, quienes aplicarán criterios de proporcionalidad al evaluar cada situación.
El toque de queda afecta a nueve provincias, entre ellas:
Asimismo, también aplica en cuatro cantones específicos:
A pesar del toque de queda, el Estado garantizará la continuidad de ciertos servicios esenciales. Entre ellos se encuentran:
El personal que trabaje en estas áreas podrá movilizarse siempre que acredite su función dentro del marco establecido por las autoridades.
En resumen, el toque de queda en Ecuador entre el 3 y el 18 de mayo de 2026, entre las 23:00 y las 05:00, no permitirá salvoconductos. La circulación dependerá exclusivamente de la justificación presentada y del control ejercido por las autoridades en vía pública.