Autopsia reveló la causa de muerte del dirigente de la Conaie, Eduardo Mendúa

Funeral del dirigente de la Conaie, Eduardo Mendúa. Foto: Conaie

La Fiscalía reveló la causa de muerte del dirigente de Relaciones Internacionales de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Eduardo Mendúa.

Este martes 28 de febrero del 2023 se conoció que el dirigente indígena murió a causa de una hemorragia y laceración cerebral por proyectiles de un arma de fuego. A esta conclusión se llegó tras realizar una autopsia médico legal.

El crimen ocurrió el 26 de febrero del 2023, en Lago Agrio, Sucumbíos. Hasta el momento, la Policía ha capturado a uno de los sospechosos y esa institución aseguró que realiza operativos de búsqueda para localizar al resto de responsables.

Tras conocer sobre este crimen, la Policía y Fiscalía ejecutaron cuatro allanamientos en la parroquia Dureno. Allí detuvieron a uno de los sospechosos. Según las investigaciones, él sería el presunto conductor de la lancha utilizada para movilizar a quienes terminaron con la vida de la víctima.

La audiencia de formulación de cargos

La Fiscalía formuló cargos el 27 de febrero del 2023 en contra del único detenido por la muerte del dirigente de la Conaie. La entidad investigadora le procesó penalmente como coautor del presunto delito de asesinato.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el fiscal Ángel Montesdeoca presentó evidencias a un Juez Multicompetente.

Allí constan: versiones libres y voluntarias de personas que estuvieron en el lugar de los hechos, quienes aseguraron haber visto al hoy procesado conducir la lancha en la que escaparon dos personas vestidas de negro, quienes serían los responsables de haber disparado contra la víctima. Otra de las evidencias fue él acta de autopsia médico legal, donde consta la causa de muerte.

El juez de este caso dictó prisión preventiva en contra del procesado y ordenó medidas de protección para la esposa de Eduardo Mendúa.

Estas medidas son: “prohibición a la persona procesada de acercarse a la víctima y testigos en cualquier lugar donde se encuentren; prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros; la extensión de una boleta de auxilio a favor de la víctima o de miembros del núcleo familiar”.


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