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El Pleno de la Corte Nacional de Justicia emitió la Resolución No. 03-2026, con fuerza de ley sobre sentencias ante la ausencia definitiva de jueces, con el fin de garantizar el principio de celeridad en los procesos judiciales.
El Pleno de la Corte Nacional de Justicia emitió la Resolución No. 03-2026, con fuerza de ley sobre sentencias , que regula la reducción a escrito de sentencias orales ante la ausencia definitiva de jueces, con el fin de garantizar el principio de celeridad en los procesos judiciales.
La resolución sustituye el artículo 4 de la Resolución No. 18-2017, y establece que, cuando se designe a un juez o jueza unipersonal, o a uno o más juzgadores para integrar completamente un tribunal que haya emitido una decisión oral, corresponderá a la nueva autoridad judicial reducir a escrito la sentencia.
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Esta disposición aplica siempre que el nuevo juez o tribunal comparta el criterio decisional previamente adoptado por quienes intervinieron en la audiencia y anunciaron la decisión.
La medida se fundamenta en el principio de celeridad, consagrado en los artículos 75 y 169 de la Constitución.
Además, en concordancia con el artículo 20 del Código Orgánico de la Función Judicial.
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Con esta resolución, la CNJ busca evitar retrasos en la formalización de sentencias.
Esto, especialmente en casos donde exista ausencia definitiva de jueces, garantizando así la continuidad de los procesos y la seguridad jurídica.